La Corte Suprema condenó a más de 4 años de prisión al excongresista Eduardo Pulgar por el caso de soborno al juez Andrés Rodríguez. Exactamente, el documento de la Corte Suprema, señala que Pulgar debera pagar 4 años, 10 meses y 25 días de prision efectiva.
El exsenador estaba siendo investigado por presunto ofrecimiento de soborno a un juez en Usiacurí, Atlántico, a cambio de favorecer a un amigo suyo, a Luis Fernando Acosta Osío, exconsul honorario, en una decisión judicial. Pulgar aceptó tráfico de influencias y cohecho, pero pidió al alto tribunal que se le escuchara por delitos electorales.
En la decisión, señala la Corte, “la ayuda del senador para esa específica gestión, la admitió con tal calificativo Acosta Osío, quien fue elegido presidente del consejo directivo en la reseñada reunión en la cual se destituyó a Carlos Jaller Raad y se designó a Acosta Pérez en su lugar. Lo anterior, no en el testimonio ante la Corte, sino en la conversación contenida en otra de las grabaciones incorporadas en la presente instrucción”.
El fallo de 81 páginas conocido por Semana, emitido por la Sala Especial de Primera Instancia, advierte que “Pulgar, en su condición de senador para la época de los hechos, utilizó indebidamente en favor de la familia Acosta, influencias ante el ministerio de Educación para beneficiarla en el trámite de la ratificación de la reforma de los estatutos de la Universidad Metropolitana, de acuerdo con las atribuciones legales y reglamentarias, y que le permitió finalmente a su grupo familiar tener el control y manejo de la entidad”.
Cabe recordar que, en su momento, Pulgar trató de evadir el peso de ley con diferentes argumentos como cuestionar la legitimidad del audio con el que se prueba el intento de soborno; renunció a su curul para que lo investigara la Fiscalía, pero la Corte Suprema de Justicia frenó ese intento. Ante estas negativas, no encontró más remedio que ofrecer su colaboración y contar hechos de corrupción en la región.
Fue en abril de este año que el senador del partido de La U, Eduardo Pulgar, presentó su renuncia a la curul que estaba ocupando en el Senado de la República. El documento lo presentó el pasado 10 de febrero y se lo envío al presidente del Congreso, Arturo Char, para que se le diera el trámite necesario. Finalmente su renuncia fue aceptada pero el caso siguió en manos de la Corte Suprema de Justicia pese a ya no tener el fuero de Congresista.
SEMANA consultó a expertos en materia penal para conocer su opinión sobre esta decisión. El abogado y analista Óscar Sierra advierte que: “La aceptación de cargos por parte del ex senador Pulgar derivó en una rebaja importante en la pena a imponer, pues para el caso del tráfico de influencias la pena máxima es de 12 años y para el cohecho por dar u ofrecer el máximo es de 9 años de prisión, sin embargo, el ex senador pagará una condena de casi cinco años de prisión”.
Y agrega que: “Esto ha generado diferentes reacciones en contra de la administración de justicia por lo “flexible” que, para algunos, puede llegar a ser. Pese a ello, es importante advertir que los beneficios por aceptar cargos son aplicables a todo aquel que enfrente un proceso penal y que los mismos no solo favorecen al procesado, sino también al Estado, pues evitan el desgaste de tener que desarrollar todo un proceso que no solo es costoso, sino que también congestiona el ya atiborrado sistema de justicia”.
En el documento, Pulgar argumentaba en uno de los apartes que: “desde que se me impuso medida de aseguramiento por parte de la Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia, la cual recientemente quedó en firme, me es imposible continuar ejerciendo mi cargo como senador de la República y atender así el cumplimiento de mis deberes funcionales”. Finalmente la decisión señala que no es posible tampoco concederle el beneficio de prisión domiciliaria por lo cual deberá pagarlo en centro de reclusión. La decisión esta firmada por la magistrada Blanca Barreto.
En otro aparte, la Corte advierte que el excongresista del partido de la U debe pagar una multa de 178.74 salarios mínimos legales mensuales vigentes a favor del Tesoro Nacional y queda inhabilitado para el ejercicio de derechos y funciones públicas por espacio de 63 meses y 19 días, lo cual equivale a más de 5 años en los que no podrá aspirar a dichos cargos tras la polémica que generó este, uno de los casos más sonados de la historia judicial del país.