La Corte Suprema de Justicia de Colombia ratificó hoy que la huelga de más de 700 pilotos de la aerolínea Avianca, que duró 52 días, fue ilegal porque no cumplió con los requisitos establecidos por la ley.La decisión de la corte ratifica lo dicho por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, que había declarado el pasado 6 de octubre la ilegalidad de la huelga de los pilotos afiliados a la Asociación Colombiana de Aviadores Civiles (Acdad).En un comunicado, la Corte detalló que los trabajadores debían seguir las reglas de mayorías establecidas en el Código Sustantivo del Trabajo.Según dicho Código, una huelga debe aprobarse "mediante votación secreta, personal e indelegable, por la mayoría absoluta de los trabajadores de la empresa o de la asamblea general de los afiliados al sindicato o sindicatos que agrupen más de la mitad de aquellos trabajadores".Para la Corte se trató de un sindicato de industria y con carácter minoritario, por lo que la decisión le correspondía a la mayoría absoluta de los trabajadores de Avianca y no sólo a los que están afiliados al sindicato.En las verificaciones que hizo la Corte para ratificar el fallo del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá verificó que de más de 8.000 trabajadores 699 habían votado a favor de la huelga, por lo cual la decisión no había sido adoptada con las mayorías exigidas.Por otra parte, la Corte estableció que el transporte aéreo ha sido catalogado formalmente por el legislador como un servicio público esencial, además de que existían razones materiales para respaldar esa decisión legislativa por cuanto su suspensión ponía en riesgo la salud, la seguridad y la vida de la población.La Corte Suprema de Justicia de Colombia ratificó hoy que la huelga de más de 700 pilotos de la aerolínea Avianca, que duró 52 días, fue ilegal porque no cumplió con los requisitos establecidos por la ley.La Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá había declarado el pasado 6 de octubre la ilegalidad de la huelga de los pilotos afiliados a la Asociación Colombiana de Aviadores Civiles (Acdad).En un comunicado, la Corte detalló que los trabajadores debían seguir las reglas de mayorías establecidas en el Código Sustantivo del Trabajo.Según dicho Código, una huelga debe aprobarse "mediante votación secreta, personal e indelegable, por la mayoría absoluta de los trabajadores de la empresa o de la asamblea general de los afiliados al sindicato o sindicatos que agrupen más de la mitad de aquellos trabajadores".Para la Corte se trató de un sindicato de industria y con carácter minoritario, por lo que la decisión le correspondía a la mayoría absoluta de los trabajadores de Avianca y no sólo a los que están afiliados al sindicato.En las verificaciones que hizo la Corte para ratificar el fallo del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá verificó que de más de 8.000 trabajadores 699 habían votado a favor de la huelga, por lo cual la decisión no había sido adoptada con las mayorías exigidas.Por otra parte, la Corte estableció que el transporte aéreo ha sido catalogado formalmente por el legislador como un servicio público esencial, además de que existían razones materiales para respaldar esa decisión legislativa por cuanto su suspensión ponía en riesgo la salud, la seguridad y la vida de la población."La condición esencial del transporte aéreo y advirtió que, de acuerdo con la doctrina de los organismos de control de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), la definición de los servicios esenciales depende de las condiciones propias de cada país", dice el comunicado.En el fallo, la Corte no hace referencia a las consecuencias que este pueda traer para los pilotos que estuvieron en huelga.Igualmente, el alto tribunal ratificó "la condición esencial del transporte aéreo y advirtió que, de acuerdo con la doctrina de los organismos de control de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), la definición de los servicios esenciales depende de las condiciones propias de cada país".En el fallo, la Corte no hace referencia a las consecuencias que este pueda traer para los pilotos que estuvieron en huelga.Al conocer el fallo de la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia, el presidente ejecutivo y CEO de Avianca, Hernán Rincón, anotó: “Fiel a su tradición, la Aerolínea acoge la decisión de la justicia colombiana. Este fallo es un hito para el sector empresarial y para Avianca. Durante este difícil proceso, que afectó de manera grave a los viajeros, a la empresa y al país, siempre manifestamos nuestra fe en las instituciones y la ley, como marco bajo el cual deben resolverse este tipo de procesos”. Por su parte, Acdac manifestó su descontento con la decisión y afirmó que "el fallo de la Corte Suprema de Justicia viola los derechos humanos de 702 pilotos sindicalizados, quienes atendiendo sus estatutos sindicales votaron el cese de actividades y lo llevaron a cabo de manera pacífica". El día de hoy también se conoció otra buena noticia para la compañía aérea. Avianca Holdings anunció que llegó a acuerdo con Kingsland Holdings Limited - el segundo accionista más grande de Avianca después de Synergy - para retirar las demandas respectivas instauradas ante la Corte Suprema del Estado de Nueva York. La aerolínea explicó que las partes presentaron conjuntamente una solicitud ante la Corte para terminar anticipadamente los procesos judiciales que cada parte había promovido en contra de la otra. Hernán Rincón, señaló que “como lo habíamos informado durante todo el proceso, la demanda de Kingsland carecía de fundamento y fue presentada de manera apresurada. Nos complace que ambas partes hayan llegado a un acuerdo para desistir de las demandas.”Por otra parte, Avianca confirmó que continúa negociando una alianza estratégica comercial con United Airlines, y que espera que el acuerdo esté listo antes de finalizar el año. “Avianca está mirando más allá del litigio y estamos complacidos en los avances que se han tenido en las negociaciones con United Airlines. La Compañía mantiene su compromiso de servicio con sus clientes y de avanzar en el cumplimiento de los objetivos estratégicos y de su negocio en Latinoamérica”.No obstante, Kingsland explicó que su decisión fue la de no continuar el litigio con el objetivo de enfocarse en negociaciones del acuerdo que, en caso de ser exitosas, podrían resolver sus diferencias significativas y aspiran poder completarlas en un futuro cercano. En caso de que no se llegue a un consenso, la denegación “sin perjuicio” de la litigación permite que las partes traigan nuevas acciones en contra de ellos mismos tomando en cuenta tanto disputas existentes así como futuras.Con esto, Avianca finaliza un día en que no solo la Corte le da la razón en su pleito con los pilotos, sino que da también por finalizado los desacuerdos entre sus principales accionistas, con lo que se da vía libre a las negociaciones con United Airlines.*Con información de EFE