A finales de 2022, el gobierno del presidente Gustavo Petro radicó el proyecto de Acto Legislativo que busca la creación de la Jurisdicción Agraria y Rural, como autoridad judicial en temas relacionados con las zonas rurales en Colombia. A raíz de esto, de ser aprobado, se creará un nuevo órgano de cierre con su respectiva alta corte, que sería la Corte Agraria y Rural.
Ahora, a la reforma constitucional le restan cuatro debates, que se llevarán a cabo en este primer semestre de 2023, primero en las comisiones primeras de la Cámara y el Senado, y luego en las plenarias de cada corporación.
Como era de esperarse, la propuesta ha generado el rechazo de varios sectores incluso del propio fiscal general Francisco Barbosa. A las voces que se oponen, se acaba de sumar la Corte Suprema de Justicia.
En un comunicado de tres páginas, el alto tribunal en su sala plena advierte que la propuesta es innecesaria. Por un lado, señalan, que con la actual infraestructura, capacidad e idoneidad del sistema judicial colombiano no es conveniente para el país, la creación e implementación de una nueva Corte Agraria y Rural, para cubrir la urgencia de una justicia especializada que dirima los conflictos del uso, tenencia y propiedad de la tierra en el país.
“Para hacerlo de una forma pronta y oportuna, y reconociendo que el país se encuentra en mora de poner en marcha un sistema especial de justicia para la resolución de los conflictos del campo referidos a la tierra, las altas cortes propusieron la puesta en marcha de una Jurisdicción Agraria Rural que tenga una base judicial sólida de juzgados y tribunales especializados, que se dediquen a dirimir exclusivamente estos conflictos”, señalan.
“Por lo tanto, la reforma constitucional en trámite en el Congreso de la República debe centrarse en disponer la creación amplia y suficiente de cargos de jueces y magistrados agrarios y rurales. Este es el eje del cambio. Esta es la única forma de dotar de elementos materiales y herramientas jurídicas reales, mediante los cuales se cristalice y garantice el funcionamiento de la verdadera Jurisdicción Agraria y Rural requerida por los habitantes de la mayor parte del territorio nacional, azotados por la violencia y la problemática de la tierra”, señala la comunicación.
Por ello, las Altas Cortes consideran que “es innecesario crear una Corte Agraria y Rural como la que propone el proyecto de Acto Legislativo, teniendo en cuenta que la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado pueden cumplir sus funciones como órganos constitucionales de cierre, como ya lo vienen haciendo: en el caso de conflictos particulares, a través de la Sala de Casación Civil y Agraria de la Corte Suprema de Justicia; y cuando son conflictos administrativos, a través del Consejo de Estado”.
“Este ajuste en el proyecto remueve los obstáculos temporales, logísticos, económicos y financieros que conllevaría para el país, una nueva Corte Agraria y Rural. En consecuencia, la creación de juzgados y tribunales agrarios y rurales ofrece la respuesta judicial eficaz y efectiva adecuada al compromiso de justicia agraria”, concluye la comunicación.
El texto del proyecto de reforma constitucional busca modificar el artículo 116 de la Constitución, el cual incluiría la Corte Agraria y Rural junto a altas cortes como la Corte Suprema de Justicia, Corte Constitucional y Consejo de Estado.
Entre sus funciones, según el documento radicado, estará “revisar, en la forma que determine la ley, las decisiones judiciales que se profieran por las autoridades judiciales de la jurisdicción agraria y rural”.
La Corte Agraria y Rural tendría un número impar de magistrados, “quienes para ser elegidos requerirán los requisitos y calidades para ser magistrado de la Corte Suprema de Justicia y del Consejo de Estado, y haber ejercido la profesión en actividades relacionadas con el régimen agrario y rural”.
La reforma plantea que los magistrados de la alta corte estarían sujetos al mismo régimen y estatuto personal, disciplinario, fiscal y penal que regula a los magistrados de una alta corporación.
Los magistrados serán elegidos, por primera vez, por la Corte Constitucional. Posteriormente, tal como en la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado, serán elegidos por la misma corporación de una lista de diez elegibles enviada por el Consejo de Gobierno Judicial. Los nombres saldrán de una convocatoria pública adelantada por la Gerencia de la Rama Judicial.