Por no aportar a la verdad, la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) rechazó definitivamente el sometimiento del exsubdirector del DAS, José Miguel Narváez, condenado a 26 años de prisión por su participación en el crimen del periodista y humorista Jaime Garzón Forero. En la decisión emitida por la Sección de Apelación de la JEP se determinó que pese al ultimátum Narváez nunca entregó información relevante o novedosa.

En las diligencias a las que fue convocado jamás entregó datos que no fueran conocidos en los procesos que se adelantan en su contra por el crimen del senador de la Unión Patriótica (UP), Manuel Cepeda Vargas, el secuestro de la senadora Piedad Córdoba Ruiz y la tortura psicológica a la periodista Claudia Julieta Duque. “(...) continuó con su actitud omisiva (...), no hizo ninguna alusión al homicidio de Manuel Cepeda y se limitó a identificar algunas verdades que aportaría sobre el manejo del DAS y el proceso por la muerte del periodista Jaime Garzón Forero”.

Recalca la JEP que solo en un caso extremo Narváez habló directamente del crimen de Cepeda, asegurando que era inocente y que se le debía extender el fallo que absolvió de toda responsabilidad al comandante paramilitar Carlos Casta Gil. “Hizo caso omiso de las observaciones, el procedimiento dialógico y el avance del trámite transicional, y solo reiteró las generalidades que componían su primera intervención”.

En la decisión, la Sala cuestionó el hecho que muchas de las víctimas tenían la convicción que Narváez iba a revelar datos nuevos y reconocer su participación en los hechos en los que la impunidad ha sido una constante y no se tiene certeza de quién ordenó los crímenes ni los motivos que los llevaron a esto. Después de tres años de su sometimiento, el exsubdirector del DAS tuvo un “superfluo compromiso” en todos sus procesos.

Sin importar siquiera que la Corte Suprema hubiera ratificado su responsabilidad por instigar el crimen de Jaime Garzón el exsubdirector del DAS insistía en que era inocente y que nunca tuvo conocimiento o participación en ese hecho. “El interesado no puede insistir en negar la condena en firme en su contra, con el alegato de que ha sido injusta y producto de un contubernio corrupto entre funcionarios judiciales. Ese alegato configura un incumplimiento de su deber con el sistema y subraya su falta de compromiso de aportar a la verdad”.

En otro de los apartes de la decisión se concluyó que “la solicitud de sometimiento de Narváez Martínez a la JEP creó en las víctimas unas expectativas de acceder a la verdad plena sobre las personas que ordenaron el asesinato, la forma en cómo fue planeado, etcétera, que el solicitante frustró con sus intervenciones posteriores. Las víctimas no obtuvieron lo que prometió el interesado”.

En febrero de 2021, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia dejó en firme la condena de 25 años de prisión contra Narváez por su responsabilidad en el crimen de Jaime Garzón, registrado el 13 de agosto de 1999. En la decisión se corroboró que instigó a Carlos Castaño para que ordenara el crimen del humorista político por considerarlo una persona cercana al ELN y de lucrarse con su labor humanitaria para la liberación de secuestrados.

La cercanía de Narváez con varios comandantes paramilitares fue confirmada en el juicio. Fue citado varias veces a los campamentos de las AUC a dar clases de estrategia militar.

Narváez también fue sentenciado por su participación en el escándalo de las chuzadas del DAS, ordenando interceptar y recolectar información de defensores de derechos humanos, dirigentes políticos de izquierda y periodistas.