En un documento de doce páginas, la Procuraduría General resumió la cadena de errores que se presentaron en la custodia del pequeño Gabriel Enrique González Cubillos, quien fue asesinado por su padre en una habitación del hotel El Rey de Melgar (Tolima) por su propio padre, Gabriel Enrique González Cubillos en hechos registrados el pasado 3 de octubre.
Para la procuradora delegada por los derechos de la Infancia, el menor se encontraba en un ambiente hostil por las constantes peleas que tenían sus padres, lo que llevó incluso a la presentación de denuncias por violencia intrafamiliar. La situación empeoró cuando la pareja se separó en mayo del 2022.
La Defensoría de Familia -encargada del restablecimiento de los derechos del menor- omitió, a juicio de la Procuraduría, tres aspectos fundamentales, que afectaron considerablemente la integridad del menor. Teniendo en cuenta la grave situación que se estaba presentando, y las amenazas que había hecho Gabriel Enrique Cubillos en contra de la madre del menor, se tenía que restringir las visitas del padre de manera inmediata, advirtiendo “el acto riesgo” en el que se encontraba la progenitora.
Teniendo en cuenta los sistemáticos actos de violencia y amenazas que vivía la madre del menor se indica que era un caso de “acoso y hostigamiento”, ubicándola en un alto riesgo como lo puso de presente la Trabajadora Social del Equipo de Seguridad Social de la Defensoría de Familia. “Este informe debió servir de base para la adopción de medidas de restablecimiento de derechos al niño y puesto en conocimiento de la Comisaría de Familia, para explorar otras de medidas de protección adicionales en favor de la progenitora”.
Igualmente, se cuestiona el hecho que pese a que “se verificó que los progenitores fueron enviados a tratamientos terapéuticos y psicológicos por recomendación del Equipo Psicosocial de la Defensoría de Familia de Usme y de la Comisaría de Familia respectiva, dentro de las denuncias mutuas presentadas por los progenitores y las actuaciones de los funcionarios respectivos”, los documentos allegados indican que “no existieron Medidas de Protección en favor del niño Gabriel Esteban González Rodríguez por parte de la Comisaría de Familia Quinta - Usme 1 de Bogotá, en razón a que no hubo manifestación expresa de violencia denunciada por la progenitora, dentro de las diligencias ordenadas y recibidas por la Comisaría”.
Para la Procuraduría General, debieron explorarse las dinámicas familiares, “la existencia de otras actuaciones administrativas de restablecimiento de derechos en favor del núcleo familiar y las eventuales afectaciones por los hechos de violencia psicológica referida por la víctima, que permitieran prever un comportamiento violento, agresivo o criminal del padre hacia su hijo o si este había iniciado un proceso de instrumentalización del niño, para afectar a la progenitora”.
Desde el primer momento en el que menor no regresó a la casa después de pasar el tiempo de custodia que tenía su padre se tenían que prender todas las alarmas con el fin de evitar que el pequeño de cinco años fuera trasladado a otra ciudad, lo que pudo evitar la tragedia.