Pese a que la Procuraduría general de la Nación aparece en la lista de los expertos que integrarán la comisión que contribuirá en la elaboración de la próxima reforma a la justicia, la misma procuradora general Margarita Cabello reveló que no fue invitada a participar.
“Cuando a uno no lo invitan a la casa, es mala educación entrar a la casa. Ellos deben trabajar su reforma, nosotros tendremos las oportunidades correspondientes para defender lo que es el trabajo de la Procuraduría General de la Nación y lo que es importante constitucional y constituyentemente la figura de un órgano de control dentro de una democracia participativa como la nuestra, no hay necesidad de pedir nada”, indicó la Procuradora.
“A esa comisión el ministro de Justicia no invitó a la Procuraduría, la Procuraduría General de la Nación, a quien quiere reformar, no está invitada a esa comisión. De todos modos, es claro que la orden constitucional de sancionar electos popularmente es una orden de carácter constituyente, que en mi criterio como Procuradora General de la Nación, considero que cualquier modificación tendría que hacerse, no de una reforma constitucional o actor legislativo, sino a través de una constituyente”, agregó Cabello.
De acuerdo con el ministro de Justicia, Néstor Osuna, la nueva reforma a la justicia, que será presentada en el primer trimestre de 2024, estará integrada por varios proyectos de ley y algunos “retoques” a la Constitución, entre ellos uno que toca directamente las funciones y la estructura de la Procuraduría.
Concretamente, la reforma plantea dejar por escrito en la Constitución que la Procuraduría no puede sancionar con destitución e inhabilidad a los funcionarios elegidos por voto popular, amparándose en la sentencia de la CIDH que tumbó la sanción que impuso el entonces procurador Alejando Ordoñez contra Gustavo Petro cuando fue alcalde de Bogotá.
La Procuradora reiteró que defenderá las facultades de la Procuraduría y recordó la sentencia reciente de la Corte Constitucional que dice que sí puede sancionar a los funcionarios elegidos por voto, siempre y cuando estén ejerciendo el cargo y haya una revisión automática del Consejo de Estado.
“Lo que ya se había dicho en la Ley 2094 de 2021 en el sentido de que la Procuraduría General de la Nación mantiene la potestad de sancionar disciplinariamente con destitución e inhabilidad a funcionarios electos popularmente que se encuentren en el cargo”, dijo.
La Procuradora dijo que lo que sí apoyaría es que se regule el estatuto disciplinario de la Procuraduría, como lo ordenó la Corte Constitucional en la misma Sentencia, la C-030.
“La Corte ordena que se regule un estatuto disciplinario, que sea un estatuto disciplinario como existe un estatuto de notariado, por ejemplo, como existe un estatuto de reglas especiales para algunos funcionarios específicamente. Es un estatuto que no contraría lo que ya ordenó la Corte Constitucional respecto a su posición de que la Procuraduría sigue manteniendo su potestad de sancionar disciplinariamente a los electos popularmente”, señaló la Procuradora.
Finalmente, y para demostrar la importancia del trabajo disciplinario que adelanta la Procuraduría, la jefe del Ministerio Público indicó que solo en las dos últimas semanas se profirieron más de 140 decisiones contra funcionarios electos popularmente activos y no activos en el puesto.