Este año se cumplen 20 años de la consagración de la Constitución Política de Colombia, la cual implementó -como uno de sus principales mecanismos para garantizar y proteger los derechos fundamentales- la acción de tutela, que en este tiempo se ha convertido en el instrumento judicial más utilizado por los ciudadanos. Así lo demuestran las estadísticas del Consejo Superior de la Judicatura, al revelar que desde la entrada en vigencia de la Constitución, en el año de 1991, cuatro millones de acciones de tutelas han sido instauradas en los distintos despachos judiciales del país. Estas cifras indican que de todos los mecanismos consagrados por la Constitución, el más cercano a los ciudadanos ha sido precisamente el instrumento de la acción de tutela. Por eso, el ex presidente de la Corte Constitucional, Alfredo Beltrán, califica a la tutela como el principal logro de la Constitución de 1991 al señalar que “ha permitido a los ciudadanos identificar plenamente sus derechos y poderlos exigir mediante un procedimiento rápido, expedito y desprovisto de formalismos”. Según la Judicatura, en 20 años, la mayoría de las cuatro millones de tutelas instauradas se relacionan con reclamación de derechos en atención en salud, pensiones, medicamentos y tratamientos médicos específicos. Así mismo, también se han recurrido para derechos laborales, y derechos de los desplazados. Hernando Torres, presidente de la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura, indicó que las instituciones estatales que más generan acciones de tutela han sido el antiguo Instituto de los Seguros Sociales y la Caja Nacional de Previsión. Para la muestra, y según estadísticas de la Corporación Excelencia a la Justicia, en un solo año, el 2008, hasta 142 mil acciones de tutela relacionadas con la seguridad social en salud. Pero a la vez que la tutela ha servido para la protección de los derechos de los ciudadanos, su aplicación, en 20 años, ha tenido consecuencias para la administración de justicia, ya que ha coadyuvado a la congestión en los despachos. El magistrado Hernando Torres explica que a pesar de la congestión que genera, los ciudadanos no encuentran otra forma de reclamar garantía de sus derechos que con la acción de tutela. La comisión de expertos convocada por el gobierno para la reforma a la justicia señaló en su informe de 2010 que el “uso desbordado” de la tutela “ha agravado el incumplimiento de los términos procesales, la mora y la congestión judicial en el trámite de los procesos ordinarios”. Otro de los reparos que ha tenido la acción de tutela es la inseguridad jurídica que ha generado la procedencia contra sentencias judiciales de las altas cortes, lo que ha producido los llamados ‘choques de trenes’. “La seguridad jurídica y la predictibilidad de los derechos se resiente con el uso de la tutela contra decisiones judiciales en un escenario en el que se prescinda de las reglas básicas de todo ordenamiento de competencias judiciales: la jerarquía, la especialidad y jueces naturales señalados por la ley; ni los ciudadanos pueden escoger a sus jueces, ni estos a los de sus instancias inferiores modificando las reglas ya establecidas”, señala la comisión de expertos para la reforma a la justicia. Para ello se ha propuesto que en los casos en que excepcionalmente procede la tutela contra providencias judiciales, la acción correspondiente deberá promoverse por conducto de abogado, dentro de los dos meses siguientes a la notificación de la respectiva decisión, siempre que se encuentren agotados los mecanismos ordinarios de defensa judicial, salvo que se trate de evitar un perjuicio irremediable. Han sido sugerencias atendidas por el Gobierno que adelanta una mesa de concertación con las diferentes ramas del poder para presentar, el próximo mes de marzo, una reforma a la justicia.