El Consejo de Estado admitió una demanda presentada por el gremio de Aplicaciones e Innovación In (Alianza In), que reúne plataformas como Uber, Cabify, Didi, entre otras, en contra de una resolución de la SuperTransporte en la que se advierte de sanciones como cancelación de matrículas de todos los vehículos de carácter particular que presten su servicio a estas aplicaciones.

Lo que pide la demanda, según lee en el documento al que tuvo acceso SEMANA es: “Que se declare la nulidad de la Circular Externa No. 015 de 2020 expedida por la Superintendencia de Transporte por medio de la cual se imparten instrucciones a las ´Autoridades de Tránsito, Organismos de Tránsito, Entidades del Sistema Nacional de Transporte´ encargadas de la ´vigilancia y control del cumplimiento de las normas de transporte y tránsito´, por la infracción directa de normas constitucionales y legales en los términos de la presente demanda, así como también por la expedición de instrucciones obligatorias sin competencia para ello y con desviación de poder”.

Y para argumentarlo, la demanda señala que la circular en cuestión debe ser declarada nula por “infracción de las normas constitucionales y legales en que debía fundamentarse, por expedirse sin tener competencia y facultad para ello, y por expedirse con desviación de poder”.

Uber. Getty Images | Foto: Tim Robberts

Agrega la demanda: “Como se demostrará en este proceso, la Circular Externa No. 015 de 2020 no fue expedida con el propósito de promover el derecho a la libre locomoción, la seguridad del consumidor, la libre elección de los ciudadanos, o para satisfacer el interés general. Todo lo contrario: (...) fue expedida por el Superintendente de Transporte para satisfacer el interés particular de un gremio de presión (a pesar de que con ello se afecta el interés general) y para obligar a las entidades territoriales a iniciar actuaciones administrativas sancionatorias so pena de iniciar trámites administrativos sancionatorios e imponer a dichas autoridades territoriales y sus representantes, sanciones pecuniarias, como en efecto ha ocurrido”.

SEMANA conversó con el abogado Pablo Felipe Robledo quien señala que en Colombia es clave entender que cualquier persona o empresa pueda participar en cualquier mercado que escoja, incluso sin requisitos iniciales: “No existe en este país una ley que diga que esa actividad está regulada. El Gobierno se ha equivocado, de tiempo atrás, al considerar que los servicios de transporte privado que se brinda en plataformas son transporte público de pasajeros y por eso pretende equipararlas de forma ilegal a los taxistas”.