Este miércoles –2 de marzo– estalló un nuevo escándalo en el Inpec por permisos y salidas irregulares de los presos. El protagonista en esta oportunidad fue el empresario Carlos Mattos, quien habría salido sin restricción alguna de la cárcel La Picota para reunirse en su oficina privada, ubicada en el norte de Bogotá, con varias personas, entre ellos sus abogados Iván Cancino y Laura Kamila Toro.
El escándalo motivó la destitución del director del Inpec, general Mariano Botero Coy, y el director de la cárcel La Picota, coronel (r) Wílmer Valencia. Sin embargo, este solamente es uno de los muchos escándalos que han rodeado en los últimos años al Instituto, que se ha visto inmerso en una espiral de permisos irregulares, presos con privilegios, lujos a cambio de dinero, entre muchos otros.
Después de conocerse este caso, la senadora Angélica Lozano aseguró que el caso Mattos no era aislado, puesto que muchos internos y condenados han recibido beneficios injustificados por parte de las directivas del Inpec. Para la muestra citó el caso de Eduardo Pulgar, quien fue condenado por la Corte Suprema de Justicia por intentar sobornar a un juez del Atlántico para que lo beneficiara en un proceso en el que tenía interés directo.
Para la senadora de la Alianza Verde, el hecho que Pulgar fuera trasladado de la cárcel La Picota a un batallón militar en el municipio de Malambo (Atlántico) no tiene base jurídica, puesto que no cumple con ninguno de los requisitos para recibir este beneficio. Frente a esta situación le pidió una respuesta al general Botero Coy, pero nunca recibió una satisfactoria.
Por medio de derechos de petición enviados al Inpec, al Ministerio de Defensa y al director de Centros de Reclusión Militar, la senadora pidió explicaciones sobre los motivos del traslado de Pulgar en agosto de 2021, y en qué condición se encontraba en ese batallón. Sin embargo, solamente se le atinó a informar que la guarnición militar contaba con el aval para que personas privadas de la libertad paguen en esos lugares su condenas.
“(...) la misma norma refiere establecimientos especiales o en instalaciones proporcionadas por el Estado, lo que permite que en los Centros de Reclusión Militar pueda estar una persona privada de la libertad, en virtud del artículo 29 de la Ley 65 de 1993, siempre y cuando no esté condenado por delitos cometidos después de la entrada en vigencia de la Ley 2014 de 2019″, precisó el Inpec.
Debido a que esta respuesta no fue satisfactoria, Lozano presentó un incidente de desacato al señalar que Pulgar no cumple los requisitos para estar en una guarnición militar, reseñando que debería cumplir su pena en la cárcel La Picota.
El 25 de junio de 2021, la Sala Especial de Primera Instancia condenó a cuatro años y 10 meses de prisión, después que aceptara su responsabilidad en los delitos de tráfico de influencias de servidor público en concurso heterogéneo y cohecho por ofrecer (ofrecimiento de sobornos).
El fallo le negó al excongresista del partido de La U la suspensión de la pena o el beneficio de la prisión domiciliaria. La Sala le impuso el pago de una multa de 178,74 salarios mínimos legales mensuales vigentes y lo inhabilitó para el ejercicio de derechos y funciones públicas por 63 meses y 19 días.
Sin embargo, la Corte lo absolvió por el delito de tráfico de influencias de servidor público derivado de actos ejercidos para favorecer a terceros en el trámite de la solicitud de restablecimiento del derecho ante el juez promiscuo municipal de Usiacurí.