La Corte Suprema de Justicia le dio un portazo al senador Iván Cepeda y al exfiscal general, Eduardo Montealegre Lynett en la tutela con la que buscaban que la Fiscalía General acusara al expresidente Álvaro Uribe Vélez por el caso de la supuesta presión y manipulación de testigos.

En la acción judicial señalaban que la ley establecía que después que la jueza 28 de conocimiento de Bogotá rechazara la solicitud de preclusión del denominado caso Uribe, la Fiscalía General estaba en la obligación de llamarlo a juicio por los delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal.

Con ponencia del magistrado Fernando León Bolaños, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia consideró que la tutela no es el recurso para presionar un llamado a juicio, puesto que no se le puede forzar este tipo de acciones.

Recuerda que en la actualidad, la Fiscalía General continúa con la recolección de pruebas en el caso citado. Es en este escenario en el que Iván Cepeda y Eduardo Montealegre “deben ejercer sus derechos y reclamar sus garantías judiciales dentro de la actuación y por medio de los recursos previstos para ello, toda vez que la tutela no puede emplearse para retrotraer las decisiones proferidas en el marco de la actuación penal”.

La Corte Suprema señala que la tutela no es un mecanismo valido puesto que se desconocen “las competencias que le asisten a la Fiscalía General de la Nación como titular de la acción penal y, supliendo sus facultades, le ordene emitir decisiones en uno u otro sentido”. Por esto, cualquier inquietud o recurso se debe presentar ante el ente investigador.

Debido a esto se consideró que “no resulta válido que los impugnantes acudan a la acción de amparo para desarrollar el debate que corresponde a la causa ordinaria, pues ésta no constituye una instancia adicional o paralela a la de los funcionarios competentes, menos en el caso concreto, donde se verificó que los recursos instaurados han sido atendidos oportunamente y resueltos, en su mayoría, de manera favorable a sus intereses”.

Por considerar que no se habían corregido los yerros señalados por la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá que declaró improcedente la acción judicial. “La Sala no emitirá pronunciamiento sobre tales temas, pues no es posible suplantar al funcionario competente para exponer cuestiones que todavía son objeto de debate, ya que eso supondría un pronunciamiento prematuro al interior de una actuación en curso”.

La acción de tutela había sido radicada por Cepeda y Montealegre a mediados de mayo después que el fiscal general, Francisco Barbosa, designara al fiscal tercero delegado ante la Corte Suprema de Justicia, Javier Fernando Cárdenas Pérez, para que continuara con la investigación contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez.

Esto después que el fiscal Gabriel Jaimes diera un paso al costado puesto que la jueza rechazó cada uno de sus argumentos de preclusión. Tras asumir la investigación el nuevo delegado citó a interrogatorio a Uribe, nuevamente, y ordenó una serie de pruebas documentales y testimoniales.

Igualmente, la inspección a la cárcel La Picota con el fin de certificar las visitas al exparamilitar Juan Guillermo Monsalve, considerado el testigo clave dentro de esta investigación judicial.

Monsalve, quien se encuentra cumpliendo una condena por secuestro, habría sido presionado por el abogado Diego Cadena -quien se presentaba como abogado de Uribe- y Enrique Pardo Hasche para que firmara una carta en la que se rectificaba de los señalamientos contra Uribe y aseguraba que todo se trataba de un complot elaborado por el senador Iván Cepeda.