Un operativo contra un matadero clandestino que duró cerca de nueve meses en la localidad de Suba dejó a tres personas aprehendidas y 503 kilos de carne decomisados: (254 kilos), vísceras (153 kilos) y cueros, patas y manos (96 kilos). Además, se llevó a cabo la incautación de un vehículo que era utilizado para transportar los alimentos que eran manipulados.
El alcalde local de Suba, Julián Andrés Moreno Barón, dijo: “de esta manera, hacemos el desmantelamiento de una queja ciudadana permanente y seguimos tras estas malas prácticas que ponen en riesgo la salud y la convivencia de la ciudadanía en nuestra localidad”.
La acción fue adelantada por la Alcaldía Local de Suba, la Secretaría Distrital de Gobierno de Bogotá, la Policía Metropolitana de Bogotá, el Instituto Distrital de Bienestar y Protección Animal (IDPYBA), Área Limpia, el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima), el Instituto Colombiano Agropecuario y la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos (UAESP).
Los tres ciudadanos que fueron aprehendidos por la Policía de la localidad, fueron dejados a disposición de la Fiscalía General de la Nación y podrían ser acusados por el delito de corrupción de alimentos.
Adicionalmente, en el interior del matadero se encontraron elementos como cuchillos, ganchos y equipos de pesaje, que eran utilizados para el faenado de animales que eran llevados allí.
Desde el Distrito, hicieron un llamado a la ciudadanía a no comprar carne o derivados en sitios que no cuentan con autorización y que incumplen los lineamientos de manipulación de los mismos. De la misma manera, indicaron que están abiertos todos los canales para que sean denunciados quienes comercialicen alimentos de forma irregular.
Principios generales de higiene de la carne, según la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO por sus siglas en inglés):
1. La carne tiene que ser inocua e idónea para el consumo humano, y todos los sectores interesados incluyendo el gobierno, la industria y los consumidores, deben contribuir con su parte para poder lograr este objetivo.
2. La autoridad responsable deberá tener el poder legal para establecer y hacer que se cumplan los requisitos sobre la higiene de la carne, y tener la última palabra en la verificación de que estos requisitos se están cumpliendo. El encargado del establecimiento (matadero) deberá tener la responsabilidad de producir carne que sea inocua e idónea conforme a los requisitos sobre higiene de la carne. Deberá existir una obligación legal por parte de grupos relacionados para proporcionar cualquier información y asistencia requerida por la autoridad competente.
3. Los programas sobre higiene de la carne deberán tener como principal objetivo la protección de la salud pública y deberán basar sus decisiones en la evaluación científica sobre los posibles riesgos a la salud humana y considerar todos los peligros alimenticios, identificados en investigaciones, monitoreo y otras actividades de relevancia.
4. Los principios del análisis de riesgos para un alimento seguro deberán ser aplicados cuando sea posible y apropiados al diseño e implementación de programas sobre la higiene de la carne.
5. Cuando sea posible y práctico, las autoridades competentes deberán formular objetivos de inocuidad alimentaria (FSOs, del inglés food safety objectives) de acuerdo a un enfoque basado en el riesgo para expresar objetivamente el nivel de control de riesgos que es requerido para lograr los objetivos de salud pública.
6. Los requerimientos de higiene de la carne deberán controlar los riesgos lo más posible y en forma factible a lo largo de toda la cadena de producción del alimento. La información disponible desde la producción primaria deberá ser considerada como adaptada a los requisitos de higiene de la carne, tanto en el espectro como en la prevalencia de factores de riesgo en la población animal de la cual se origina la carne.
7. El encargado del establecimiento deberá aplicar los principios del sistema HACCP (Análisis de peligros y puntos críticos de control). Hasta donde sea práctico, los principios HACCP deben también aplicarse en el diseño e implementación de las medidas de higiene a través de la cadena productiva completa.
8. La autoridad responsable deberá definir el papel de aquellas personas que se encuentran personalmente involucradas en las actividades de la higiene de la carne donde se considere apropiado, incluyendo el papel específico del inspector veterinario.
9. Se deberán llevar a cabo una variedad de actividades involucradas con la higiene de la carne por el personal capacitado, con conocimiento, habilidades y capacidades apropiadas para hacer el trabajo donde la autoridad competente lo defina.
10. La autoridad competente debe verificar que el encargado del establecimiento tenga sistemas instalados adecuados para rastrear y confiscar o decomisar carne de la cadena productiva. La comunicación con los consumidores y otros grupos interesados debe ser considerado e implementado cuando sea apropiado.
11. De acuerdo con las circunstancias, los resultados de monitoreo y de vigilancia sobre la población animal y humana deberán ser considerados con posterior revisión y/o modificación de los requisitos de la higiene de la carne, siempre que sea posible.
12. Las autoridades competentes deben reconocer la equivalencia de las medidas alternativas de higiene cuando corresponda, y promulgar las medidas de higiene de la carne para lograr los resultados requeridos en términos de inocuidad e idoneidad, y facilitar prácticas justas en el comercio de la carne.