La Corte Suprema de Justicia tiene la última palabra frente a la tutela que presentó el abogado Diego Cadena en contra de la decisión de un juez 43 de conocimiento de Bogotá, que ordenó enviarlo nuevamente a detención domiciliaria, en el marco del proceso que se le adelanta por presunta presión a testigos para beneficiar al expresidente Álvaro Uribe Vélez.
Por reparto, será el despacho del magistrado de la Sala de Casación Penal, José Francisco Acuya Vizcaya, el que resuelva la impugnación de la acción judicial que interpuso Cadena para exigir la protección de sus derechos fundamentales al debido proceso, libertad y acceso a la administración de justicia.
El pasado 20 de enero, la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá —con ponencia del magistrado Hermens Darío Lara— declaró improcedente la acción de tutela radicada por Cadena y su abogado defensor, Iván Cancino.
En esa oportunidad, la Sala hizo un fuerte cuestionamiento sobre la forma en cómo se presentó la tutela y las pretensiones de la misma. Advirtiendo que los jueces de la República le respetaron sus derechos procesales a la defensa y al ejercicio de contradicción. Situación por la cual no entiende que se hubiera querido buscar una “tercera instancia” para discutir las decisiones emitidas por los jueces.
En ningún momento, advierte la decisión, le vulneraron el debido proceso y tampoco se presentaron evidencias que permitieran, al menos, inferir que se hubiera ejercido actuaciones irregulares.
No hubo vencimiento de términos
El pasado 1 de diciembre, tras resolver un recurso de apelación presentado por la Fiscalía General y el defensor del senador Iván Cepeda, víctima reconocida durante el proceso, el juez 43 de conocimiento de Bogotá revocó el fallo emitido el 13 de octubre que ordenó la libertad inmediata de Diego Cadena por un vencimiento de términos, es decir, se superaron los tiempos que exige la ley para el inicio del juicio después de la presentación del escrito de acusación.
“Se resuelve revocar la libertad proferida por el Juez 36 Penal Municipal con funciones de control de garantías con fecha del 13 de octubre de 2021 en la cual se concedió la petición de libertad por vencimiento de términos, solicitado por la defensa del procesado Diego Cadena”, señala el fallo de segunda instancia.
Cadena enfrenta un juicio por los delitos de soborno a testigos y fraude procesal. La Fiscalía General sostiene que en diferentes oportunidades visitó diversas cárceles para lograr la retractación de varios testigos que habían señalado al expresidente Álvaro Uribe Vélez y a su hermano, el ganadero Santiago, de tener vínculos con grupos paramilitares.
Para el juzgado, los aplazamientos y suspensiones de las audiencias preparatorias se realizaron por las maniobras dilatorias de la defensa del acusado que pedía el descubrimiento probatorios de la Fiscalía y exigía la entrega completa de los expedientes por fuera de las diligencias o cuando estas se retomaban.
El abogado, quien se presentaba como representante del exmandatario (2002-2010), le habría ofrecido prebendas, beneficios económicos y jurídicos a varios exparamilitares para que firmaran una carta de retractación en la que acusaban al senador Iván Cepeda de haberlos buscado para que realizaran esas declaraciones.
Cadena fue grabado por el exparamilitar Juan Guillermo Monsalve, quien se encontraba en la cárcel La Picota, mientras la hacía ofrecimientos para firmar un documento. Igualmente, una reunión en una cafetería en el centro de Bogotá entre el abogado y Deyanira Gómez, entonces esposa de Monsalve, fue grabada por ella y un agente encubierto del CTI de la Fiscalía.
En repetidas oportunidades el abogado ha manifestado que es inocente. Recientemente, la Comisión de Disciplina Judicial de Bogotá lo suspendió por tres años del ejercicio del Derecho debido a las presiones indebidas que ejerció sobre Monsalve.