El decreto emitido por la Alcaldía de Bogotá establece que todas las personas que trabajan como domiciliarios en la capital tendrán que registrar su bicicleta en el portal Registro Bici Bogotá para poder ser contratados por las empresas de intermediación tecnológica.

De acuerdo con la norma 082 del decreto, los domiciliarios tendrán un mes, es decir hasta el 19 de abril, para hacer el registro de sus vehículos para poder realizar diligencias para las empresas prestadoras de estos servicios, como Rappi.

Así mismo, estas compañías tendrán que contar con el registro de sus domiciliarios para poder trabajar y no podrán contratar al personal que no esté registrado en la plataforma.

El objetivo de esta medida, de acuerdo con la Alcaldía, es fortalecer la seguridad en la capital y garantizar el uso adecuado del espacio público.

A través de la plataforma Bici Bogotá, los domiciliarios tendrán que diligenciar datos de la bicicleta como marca, color, numero de serial del marco y modelo, así como , cargar las fotografías del vehículo, la factura de compra o la tarjeta de propiedad, luego tendrá que dirigirse a uno de los puntos en vía dispuestos por el Distrito para obtener un sticker que quedará asociado con su bicicleta.

Así mismo, las empresas de domicilios tendrán que contar con una base de datos de registro de sus domiciliarios con información que le permita a la policía verificar la condición de activo del prestador del servicio.

La base de datos debe tener:

- Nombre completo del domiciliario.

- Plataforma en la cual se encuentra activado.

- Número de documento de identificación.

- Placa de la motocicleta o del registro de bicicleta según sea el caso.

- Número de contacto.

- Correo electrónico.

- Número de afiliación o activación, de acuerdo a cada plataforma.

Las empresas que empleen domiciliarios tendrán que revisar los antecedentes judiciales de los domiciliarios, proceso que podrán realizar en la página de la Policía Nacional.

Las aplicaciones Rappi domiciliarias funcionan el primer día de la estricta cuarentena decretada por el alto contagio que ha registrado en las últimas semanas el covid 19 en la ciudad de Bogotá en las localidades de Suba, Engativa y Usaquen. (Foto de Daniel Garzon Herazo / NurPhoto a través de Getty Images) | Foto: Daniel Garzon Herazo/NurPhoto

Por su parte, de acuerdo con la Alcaldía, la Policía podrá solicitar que los domiciliarios comprueben su estado de afiliación a al plataforma tecnológica.

El decreto también establece que las empresas de intermediación tecnológica deberán exigirles a sus domiciliarios que, tanto en los maletines donde llevan los productos como en la indumentaria que utilizan para su labor mantengan visible, la placa de la motocicleta o el serial otorgado por el sistema de ‘Registro Bici Bogotá’ en la que el domiciliario se transporta, la palabra “domiciliario” en sus prendas y el número de afiliación o activación de acuerdo a cada plataforma.

Sobre la duda de la restricción por acompañante o parrillero, la Alcaldía aseguró que todos los domiciliarios no podrán llevar acompañante si están prestando algún servicio en una plataforma virtual. Esta restricción estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2021.

La Secretaría de Movilidad anunció que quienes incumplan la medida de no parrillero tendrá sanciones: “pecuniarias y de inmovilización del vehículo señaladas en el numeral C 14 del literal C) del artículo 131 del Código Nacional de Tránsito Terrestre (Ley 769 de 2002), modificado por el artículo 21 de la Ley 1383 de 2010″.

Medidas para proteger el espacio público

Además de los requerimientos que deberán cumplir los domiciliarios, las empresas y sus aliados tendrán que implementar, dentro de los próximos tres meses, un mobiliario para los empleados como: Parqueaderos de motocicletas, Bici parqueadero, baños, lavado de maletines y espacios para el consumo de alimentos.

De acuerdo con el boletín de la Alcaldía, “Los aliados deberán disponer de espacios y/o bicicleteros propios, dentro de las instalaciones de sus predios y/o mediante convenio u otra figura con un tercero, para que los domiciliarios puedan parquear y esperar en espacios demarcados y señalizados para la entrega del bien o producto solicitado por el cliente a través de la plataforma tecnológica”.

Además, los domiciliarios deberán: respetar la franja peatonal tanto en andenes como en las alamedas y plazoletas, permanecer en lugares privados, dispuestos por las empresas o los aliados, destinados para el descanso, consumo de alimentos, o zonas de espera para la entrega de los pedidos realizados por intermedio de la plataforma.

Finalmente, los trabajadores no podrán desempeñar ninguna actividad si tienen algún síntoma asociado con la covid-19.