Luego de resolver la solicitud de apelación que hizo la defensa del expresidente Álvaro Uribe en el proceso que cursa en su contra por dos delitos, el Tribunal Superior de Bogotá confirmó la decisión de la juez 44 penal del circuito de Bogotá, que negó la solicitud de nulidad.
Ahora es la juez quien fijó para el próximo 6 de septiembre, la continuación de las audiencias que se convierten en la antesala de un eventual juicio contra el exmandatario, por los delitos de fraude procesal y soborno en actuación penal.
El proceso judicial contra el exmandatario estaba suspendido mientras el Tribunal resolvió la apelación radicada por la defensa, tras advertir que hubo irregularidades en el proceso que terminaron por afectar garantías del expresidente y que reunidas, se convertían en una nulidad, para dejar sin piso las actuaciones.
Hace dos meses la Fiscalía formalizó la acusación en contra del expresidente mientras advirtieron que actuó como determinador de los delitos que en la Corte Suprema de Justicia, motivaron una indagatoria y luego una detención domiciliaria en contra el expresidente. Justamente sobre esa actuación de la fiscalía es que reposa la solicitud de nulidad que hizo la defensa.
El Tribunal Superior de Bogotá coincidió con los argumentos de la jueza 44 penal del circuito de Bogotá que negó la solicitud de nulidad y de esta manera reactivó todas las audiencias que estaban fijadas en ese despacho y que se supone deben resolver la situación jurídica del expresidente.
El Tribunal advirtió que el expediente tiene que regresar a ese despacho en el complejo judicial de paloquemao para avanzar en el evento del juicio contra el expresidente y donde la fiscalía de acuerdo con la acusación espera obtener una condena en por los dos delitos.
La solicitud de nulidad y la posterior apelación que radicó la defensa del expresidente, básicamente congeló el avance del proceso, sin embargo, ahora con la decisión del tribunal de confirmar, la jueza, de manera célere, fijó fecha para continuar con las diligencias. La otra semana, nuevamente se reunirán las partes en este proceso.
El Tribunal de Bogotá señaló que: “el hecho que se tratara de un aforado llevó a que se aplicaran de la Ley 600 del 2000, situación que cambió el uso de facultad del implicado al renunciar a la calidad que le reconocía tal fuero lo que obligó a que se equiparan las actuaciones para dar continuidad al proceso”.
Agregó la corporación judicial que: “si bien es cierto que las actuaciones dentro del presente proceso han provocado diversas intervenciones judiciales, no goza de validez el sustento de reclamo que hace la defensa en la apelación de integrar al estudio de la nulidad el análisis que hizo otra Sala de este Tribunal al momento de evacuar la petición de preclusión de esta investigación”.
Para el magistrado ponente Marco Antonio Merchán González, no se demostró ninguna irregularidad en el trámite del proceso que llevó a la Fiscalía General al presentar el escrito de acusación contra el exmandatario.
La Sala negó los tres principales apartados con los que la defensa de Uribe, representada por los penalistas Jaime Granados y Jaime Lombana, pedía la nulidad de todo lo actuado en este proceso, cuestionando la calificación que se le había dado en la Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia a la indagatoria que rindió en octubre de 2019 el expresidente.