Pese a que desde finales de marzo el ministro de Salud, Fernando Ruiz, anunció la posibilidad de que la covid-19 fuese declarada como enfermedad laboral para trabajadores de la salud, no fue sino hasta este martes 19 de mayo que el Gobierno oficializó la decisión. A través del Decreto 676 de 2020, el Ministerio de Trabajo reconoció el coronavirus en esta categoría, que permite que las entidades Administradoras de Riesgos Laborales (ARL) asuman las prestaciones económicas y asistenciales de ley para empleados de ese sector, incluyendo al personal administrativo, de aseo, vigilancia y de apoyo que preste servicios en las diferentes actividades de prevención, diagnóstico y atención de la enfermedad.
El articulado especifica que, por el tiempo que dure la emergencia sanitaria por la pandemia, las ARL costearán los gastos que se deriven de las pruebas de tamizaje y pruebas diagnósticas de covid-19. En su momento, el ministro Ruiz anunció que declarar la covid-19 como enfermedad laboral “implica que hay mucha mayor agilidad, rapidez, pago en la licencia inmediata, y que el sistema de riesgos laborales va a responder, en conjunto, por todo lo que implican los riesgos de los trabajadores de la salud, que son los que están en este frente, en este campo de batalla contra el coronavirus”.
En específico, dice la ley, “se les reconocerán las prestaciones asistenciales y económicas como de origen laboral desde el momento de su diagnóstico, sin que se requiera la determinación de origen laboral en primera oportunidad o dictamen de las juntas de calificación de invalidez”. La medida, entonces, no cobija a trabajadores de otros sectores que, en el ejercicio de su profesión, se contagien de coronavirus. En ese caso, los trabajadores deberán remitirse directamente a la entidad prestadora de salud a la que estén afiliados.