El 12 de junio de 2023 se aprobó en último debate el proyecto de Ley de Pasivos ambientales en el país, para la formulación, implementación y evaluación de la política pública hay un año de plazo.
La ley ordena al menos 4 audiencias territoriales, de las cuales hasta el momento se desconocen los avances. Están en los tiempos de ejecución, pero ambientalistas y representantes del gremio piden socialización y acelerar los procesos para definir con claridad los pasos que se darán en Colombia en esta materia.
Por primera vez, un acto legislativo le dio una definición a una problemática que permaneció silenciosa y, algunas veces, enterrada. La Ley 2327 de 2023 definió un pasivo ambiental como las afectaciones ambientales originadas por actividades antrópicas, directa o indirectamente por la mano del hombre, autorizadas o no, acumulativas o no, y susceptibles de ser medibles, ubicables y delimitables geográficamente.
“Son afectaciones que generan un nivel de riesgo no aceptable a la vida, la salud humana o el ambiente, de acuerdo con lo establecido por los Ministerios de Ambiente y Salud, y para cuyo control no hay un instrumento ambiental o sectorial”, se define.
La ley estableció la creación de una política pública y un comité nacional responsable de la puesta en marcha y seguimiento a la política pública y, para hacerle seguimiento a un plan de acción, adicional a un sistema de información (con todos los pasivos ambientales del país y planes de intervención como instrumentos de manejo ambiental para rehabilitar, remediar, restaurar o aislar el área afectada).
El ejemplo de pasivos ambientales más conocido en Colombia es el de los pesticidas utilizados por la industria del algodón en el país durante los años 70 y 80 para controlar las plagas en los cultivos, productos vencidos que fueron depositados en el suelo.
De acuerdo con una auditoría adelantada por la Contraloría, en Colombia, hasta el año 2015 se encontraban reportados 1.843 casos de pasivos ambientales, siendo Cundinamarca y Chocó los departamentos con el mayor número de reportes (245 y 181, respectivamente).
El documento señala que las causas por las cuales se consideran estos reportes de pasivos ambientales se tiene que las más representativas son: Extracción minera (42%), derrames de hidrocarburos por transporte (18%), derrames de hidrocarburos por atentados guerrilleros (13%) y daño ambiental (11%)1.
Environmental Resources Management (ERM) en Colombia, la firma de consultoría exclusivamente en sostenibilidad, catalogada como la más grande del mundo, analizó minuciosamente la nueva Ley de Pasivos Ambientales y aclaró varias de las dudas que existen sobre su futura ejecución.
Para Ricardo Silva, partner en Latinoamérica, y Jimena Martínez, associate partner en Latinoamérica de ERM, es necesario aclarar que en la definición de pasivo ambiental de Ley 2327 no entran todas las afectaciones que generan un nivel de riesgo para la salud humana y los recursos naturales.
“Muchas entidades o empresas cuentan con licencias ambientales otorgadas por el Ministerio de Ambiente y puede que sus procesos productivos generen impactos que podrían ser catalogados como pasivos ambientales en la nueva definición”.
Sin embargo, si tienen dicha licencia es porque ya cuentan con un plan de manejo ambiental aprobado para controlar la problemática, es decir, actividades para manejar las condiciones que podrían ser consideradas como pasivos.
Por ejemplo, según afirman Silva y Martínez, si una empresa petrolera con licencia tiene una piscina de hidrocarburos en medio de la selva, nadie podría decirle que es un pasivo ambiental porque la actividad fue autorizada en la licencia y debe contar con el plan de manejo para su adecuada gestión.
“Todo el que esté licenciado debe cumplir con un plan de apertura y cierre de su proceso, es decir, que al terminar su actividad debe remediar los daños ambientales generados; por eso no pueden ser catalogados como pasivos ambientales”, explicaron.
Por el contrario, todas las empresas, personas o entidades que generen impactos y no cuenten con dicha licencia, entran en la definición de pasivos ambientales. Precisan que “sin un instrumento de control, toda afectación ambiental es un pasivo”.
Los expertos precisaron que la Ley 2327 marcó un punto de quiebre en la normatividad ambiental colombiana al ser el primer instrumento legal que tiene como fin poner en cintura a los pasivos ambientales.
En el país se encuentran muchos casos de empresas que no tenían licencias y dejaron los sitios abandonados sin ningún tipo de tratamiento, es decir, pasivos ambientales que entrarán en orden por medio de la ley.
Para ERM, en Colombia, el gran reto de la Ley 2327 es crear la política pública para la gestión de pasivos ambientales, un instrumento con enfoque territorial y participación ciudadana.
“Dicha política debe ser construida por todos los actores, es decir los sectores privado, público, académico y la sociedad civil. Su construcción no puede quedar en manos de un solo sector, ya que de esta forma no reflejará lo que realmente se vive en el territorio”.
El Minambiente y la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales Anla han hecho varias mesas de trabajo con gremios como la Asociación Nacional de Empresarios de Colombia Andi para que la política quede bien aterrizada.
De igual manera aseguran que, “Hay que tener muy en cuenta la territorialidad y el desarrollo de las diferentes actividades económicas. No es lo mismo trabajar en la refinería de Barrancabermeja o en las minas de carbón del Cesar; todos los clusters deben aportar sus visiones”.
La implementación de la política es el principal desafío que tendrá el Gobierno Nacional. Según Silva y Martínez, se deben crear reglas y metas claras y aplicables para todos y una metodología estándar para definir los pasivos.
“Debe ser una política pública nacional que se pueda aplicar en todas las regiones. Las metas tienen que ser alcanzables en el territorio, es decir que no indiquen que los predios queden totalmente subsanados porque siempre quedará una huella”.
Otra recomendación es que haya claridad en quienes serán los encargados de tomar las decisiones y autorizar los procesos. La identificación de los pasivos ambientales está en cabeza de las autoridades ambientales locales, por eso deben tener claridad en cómo van a manejar temáticas como las denuncias ciudadanas.
“Estamos a la expectativa del anuncio del Minambiente sobre la creación e implementación de esta política pública”, insisten los expertos.
El llamado es también a tener en cuenta los pasivos huérfanos . En el siglo pasado, cuando el mundo desconocía lo que era un pasivo ambiental, muchas empresas enterraban bajo tierra los productos que utilizaban en sus actividades cuando cumplían su vida útil.
La región Caribe colombiana, específicamente en departamentos como Atlántico, Cesar y La Guajira, cuenta con miles de estos pasivos huérfanos catalogados ahora como fuentes potenciales de riesgo para la salud humana y el ambiente.
“Son pasivos huérfanos porque fueron causados por entidades privadas o públicas que ya no existen. Cuando estos cilindros, barriles o envases se rompen, liberan sustancias al suelo que posteriormente lixivian y llegan a las aguas subterráneas”.
La Ley menciona a los pasivos huérfanos como aquellos cuyo responsable no se puede identificar, y define algunas acciones para su control y gestión. Silva y Martínez informan que será un trabajo articulado entre los terceros interesados en comprar lotes con estos residuos, quienes como interesados no responsables solicitarán a la autoridad ambiental los términos de referencia para gestionar los mismos.
“Nadie se quiere hacer cargo de eso solo, ya que es demasiado costoso. Con la ley se está definiendo cómo darle solución, como un trabajo entre el potencial comprador de los predios y el Estado”, señalan.
También precisan que estos pasivos ambientales huérfanos, producto del desarrollo de actividades informales e ilegales como la minería, deben ser abordados detalladamente en la nueva política pública.