El turno para exponer sus argumentos en el proceso que tiene al expresidente Álvaro Uribe como imputado, fue para la Procuraduría, que no solo acompañó la solicitud de la Fiscalía de precluir la investigación contra el exmandatario, por dos delitos, sino que advirtió que el supuesto soborno en actuación penal tampoco ocurrió en el caso del abogado Diego Cadena.

Para el delegado de la Procuraduría, luego de analizar los elementos de prueba, las declaraciones que reposan en el expediente remitido desde la Corte Suprema de Justicia y que terminó en manos de la Fiscalía dan cuenta de que no existió el delito de soborno en actuación penal, ni en el caso de Diego Cadena y mucho menos con el expresidente Álvaro Uribe.

“Como la imputación que se le hizo al expresidente Álvaro Uribe fue a título determinador... En criterio del Ministerio Público y por la razones dadas, las conductas de Diego Cadena y Enrique Pardo, son atípicas del soborno en actuación penal y por tal razón no se puede reprochar una determinación a Álvaro Uribe Vélez, en ello”, dijo el procurador.

La situación llama la atención respecto a que mientras la Procuraduría en este caso asegura que hay atipicidad de la conducta –en otras palabras que no se cometió el delito, hablando particularmente con Diego Cadena– en otro proceso el abogado se encuentra en juicio por los mismos hechos que ahora el delegado procurador relata.

Lo que advierte el procurador es que las declaraciones entregadas por Juan Guillermo Monsalve, el supuesto testigo estrella en el caso contra el expresidente Álvaro Uribe, resultan de poca credibilidad dado que en otras oportunidades sus contradicciones y mentiras dejan un manto de duda en la veracidad de sus testimonios, por ejemplo, el hecho de advertir que pertenecía al bloque Metro de las autodefensas, asunto que resultó falso.

“La Fiscalía no tendría una causa probable para llevar a juicio y no se cumple con el estándar probatorio para acusar. Ser testigo implica la calidad de aquella persona que presencia o conoce el contenido de algo atípico, para este caso Juan Guillermo Monsalve”, dijo el procurador.

Lo que sí advierte la Procuraduría es que las actuaciones del abogado Diego Cadena pueden ser criticadas desde el escenario disciplinario, pues no son un buen ejemplo de la actuación de un defensor en un proceso judicial, pero equivocados están quienes quieren llevarlo a un escenario jurídico y de juicio.

“La manera de proceder del abogado Diego Cadena para ofrecer beneficios al eventual testigo no es la que se espera de un profesional del derecho, pero el reproche que se le podía decir por esa manera de conducir, sí es propio del derecho disciplinario y no estructura el delito de soborno en actuación penal”, advirtió el funcionario.

La Procuraduría le pidió a la juez 28 de conocimiento, la encargada de definir si precluye la medicación contra del expresidente Uribe, que tome esa determinación en dos delitos: soborno en actuación penal y fraude procesal.