Sin lugar a duda los constantes viajes de la Primera Dama, Verónica Alcócer han llamado la atención de propios y extraños. La esposa del presidente Gustavo Petro ha asistido –en compañía del canciller Álvaro Leyva Durán- como representante de Colombia a eventos de tinte histórico, entre ellos los funerales de la Reina Isabel II y del primer Ministro del Japón, Abe Shinzo.
Esta situación, y los gastos que esto representa, han sido demandados ante las autoridades judiciales debido a su trascendencia. Recientemente, el magistrado de la Corte Constitucional le pidió a sus compañeros que seleccionen para su estudio de fondo una acción de tutela frente al gasto público de la Primera Dama y su grupo de colaboradores, que la acompañan en las diferentes comitivas.
En la acción judicial se le pide directamente al Departamento Administrativo de la Presidencia (Dapre) un detallado informe frente a los gastos de Alcócer durante estos meses, así como el proceso de contratación de servicios y de personal para los viajes anteriormente mencionados, así como en las actividades diarias de la Primera Dama.
En este sentido, señala que es necesario aclarar quién y cómo se están costeando estos viajes, esto en referencia al hecho de corroborar si es el Ministerio de Relaciones Exteriores el que asume todo esto.
En la petición radicada, de cinco páginas enviada a la Secretaria General de al Corte Constitucional, el magistrado Linares manifiesta que el estudio de fondo de la tutela “se trata de un asunto novedoso por cuanto se discute la manera en la que el derecho fundamental de petición permitiría garantizar el acceso a una información”, lo cual está contenido en la Constitución Política de 1991.
“En el evento que el asunto sea seleccionado, la Corte podría examinar la divulgación de la información sobre la gestión de recursos a cargo de la Primera Dama, en caso de existir, hace parte del discurso político o de interés público”. El magistrado sostiene que se debe garantizar el hecho que cualquier ciudadano pueda solicitar o acceder a información frente a cargos públicos.
“Por lo demás, se tiene que el proceso de la referencia permitiría avanzar en la jurisprudencia constitucional sobre los límites y la naturaleza de la información relacionada con la atribución temporal o permanente de la función pública a la Primera Dama, si tal puede considerarse como parte de la gestión del Estado”, precisa la petición.
En los próximos días, la Corte definirá si acepta o no la solicitud firmada por el magistrado Linares.
Frente a los viajes de la Primera Dama el Consejo de Estado revisa una demanda contra los alcances del Decreto 1893, firmado el 14 de septiembre de 2022, por medio del cual designó a la primera dama Verónica Alcocer como embajadora en Misión Especial para ir a diferentes eventos fuera de Colombia.
El máximo tribunal de lo contencioso administrativo aceptó la demanda presentada contra el decreto firmado por el canciller Álvaro Leyva Durán. La acción judicial considera que se presentó una extralimitación en el otorgamiento de estas funciones a la primera dama de la Nación, teniendo en cuenta que para este tipo de eventos se encuentra la vicepresidenta o los ministros.
“No debe perderse de vista que para misiones especiales o de confianza del señor presidente de la República, cuenta con la facultad de nombrar a los embajadores y cónsules en el exterior, e incluso existe la figura del vicepresidente, que si es servidor público”, advierte la demanda que será estudiada por el despacho del magistrado Jorge Manuel Ortiz Guevara de la Sección Primera.