El pasado 11 de marzo de 2018 la Fiscalía hizo un allanamiento a la sede de la campaña política de la entonces electa representante a la Cámara Aida Merlano. En ese momento se hallaron las pruebas de una presunta red de compra de votos, justo el mismo día de las elecciones en las que ganó un puesto en el Senado con 73.000 votos. Lo más reciente:
Este jueves 16 de mayo, un año después del allanamiento, la sección Quinta del Consejo de Estado declaró la nulidad de la elección de Aída Merlano Rebollero como senadora de la República para el periodo 2018-2022. Según el comunicado, la Sala encontró que existió una organización liderada o dirigida por Merlano, que tenía como propósito "afectar la libertad de los electores" principalmente en la ciudad de Barranquilla, a través del ofrecimiento y entrega de sumas de dinero a cambio de su voto por ella al Senado de la República. Le recomendamos: Fin del novelón en el Senado con la JEP La Sala precisó que hechos como el de la compra de votos tienen un impacto grave para la sociedad, pues es una manera de defraudar los intereses de todo un colectivo. Así mismo, se explica que “al haberse falseado el voto de varios de los electores por parte de la señora Aida Merlano Rebolledo a través de una estructura organizada liderada por ella misma, se afectó la pureza del sufragio y la libertad de los votantes, por lo que es claro para la Sala que se han desconocido los artículos 40 numeral 1 y 258 de la Constitución Política que consagran el derecho a elegir y ser elegido y a que el voto sea libre y secreto”. En contexto:
Y agrega el comunicado que además del fraude a los intereses de la sociedad, la conducta de la senadora también afectó de manera grave la organización política del país, dada su trascendencia en la legitimación de la conformación del actual Congreso de la República. Puede leer: Uribe y De la Calle: el fuerte contrapunteo por la JEP, Santrich y la renuncia del fiscal El Consejo de Estado consideró que con su comportamiento la senadora violó los artículos 40 numeral 1 y 258 de la Constitución Política, que consagran el derecho libre al voto, razón suficiente para declarar la nulidad de la elección como senadora de la señora Aida Merlano Rebolledo para el período 2018–2022.