Faltan pocos días para las elecciones presidenciales y las normas en cuanto a publicidad electoral se las siguen pasando por la faja. Por eso, la procuradora general de la Nación, Margarita Cabello Blanco, llamó la atención a los alcaldes y autoridades encargadas para que de manera urgente adopten las medidas correspondientes, apliquen los controles e impongan las sanciones previstas en la ley frente a la excesiva presencia de propaganda y publicidad política exterior visual en espacios públicos.

La jefe del Ministerio Público solicitó atender la Circular 019 de 2021, expedida por la Procuraduría y relacionada con los deberes de los mandatarios territoriales en materia de propaganda electoral. Adicionalmente, pidió velar por el respeto por el espacio público y garantizar que la fijación de pasacalles e instalación de vallas y otros elementos, no se realice en lugares prohibidos.

Conteo de votos, urnas, tarjetones | Foto: Daniel Jaramillo

La jefe del ente de control reiteró a los procuradores territoriales y personeros municipales que, “en ejercicio de su función preventiva, les corresponde vigilar el cumplimiento de las funciones otorgadas a los mandatarios locales, así como la normatividad que regula esta materia, a fin de garantizar el acceso equitativo de las agrupaciones políticas a la propaganda exterior visual”.

La propaganda que se realice utilizando el espacio público deberá estar acorde con lo previsto en la Ley 140 de 1994, cuyo artículo 1 establece que la publicidad exterior visual es “el medio masivo de comunicación destinado a informar o llamar la atención del público a través de elementos visuales como leyendas, inscripciones, dibujos, fotografías, signos o similares, visibles desde las vías de uso o dominio público, bien sea peatonales o vehiculares, terrestres, fluviales, marítimas o aéreas”, señala la circular del Ministerio Público.

¿Cómo saber su punto de votación?

Al tener tan cerca la jornada electoral más importante de todas, surgen varias preguntas fundamentales para ejercer el derecho al voto. Tal vez, la más importante es saber cuál es el punto de votación al que se debe dirigir a votar cada ciudadano el domingo entre las 8:00 de la mañana y las 4:00 de la tarde.

Según el censo electoral, hay más de 39 millones de colombianos habilitados para participar en las elecciones. Si usted no tiene presente cuál es su punto de votación, o lo cambió durante los últimos meses y quiere confirmar que el cambio se hizo efectivo, debe tener presente la siguiente información:

Lo primero que debe hacer es ingresar a www.registraduria.gov.co (página oficial de la Registraduría Nacional del Estado Civil), donde podrá encontrar toda la información electoral que necesita para este 29 de mayo.

Una vez ahí, tendrá que elegir la opción Consulte su lugar de votación o dirigirse directamente al siguiente enlace https://eleccioncolombia.registraduria.gov.co/ donde tendrá que ingresar sus datos para saber cuál es el lugar al que deberá dirigirse a votar.

Ya en ese punto, tendrá que ingresar el número de cédula de ciudadanía de la persona que está interesada en conocer su punto de votación. Luego de ingresado el número del documento hay que dar clic en la opción ‘Consultar’.

Una vez ingresados estos datos, en la página aparecerán el departamento, la ciudad o municipio, el puesto de votación, la dirección y la mesa donde cada ciudadano podrá participar en la primera vuelta de las elecciones presidenciales.

Incluso, la página da una opción que permite “consultar la ubicación”, para que el ciudadano pueda ubicar el punto exacto en el mapa donde está su lugar de votación y así planear su trayecto en caso de que no se encuentre cerca de ese lugar.