Para la jornada electoral de este domingo 29 de mayo, la Registraduría Nacional designó a más de 690.000 jurados de votación para que sean los encargados de atender el proceso de la elección de los próximos presidente y vicepresidente de Colombia, efectuar los escrutinios de mesa y registrar los resultados de la mesa en los documentos electorales.

Los jurados son diferentes a los que participaron en las elecciones de marzo para elegir a los nuevos integrantes del Congreso de la República, y son miembros de campañas y partidos políticos, empleados públicos y privados, docentes y estudiantes universitarios.

Para esta primera vuelta, la Registraduría Nacional ubicó en el país y en el exterior 81.925 mesas, que se instalaron en 11.034 puestos de votación. En cada una de las mesas estarán presentes seis jurados: tres principales y tres suplentes.

Quienes fueron designados como jurados de votación están en la obligación de asumir este rol y durante la jornada electoral, que se realiza entre las 8:00 a. m. y las 4:00 p. m., deben recibir la cédula de ciudadanía del votante, hacer los respectivos registros en los formularios, firmar y entregar la tarjeta electoral, custodiar la urna y diligenciar el certificado electoral y entregarlo junto con la cédula de ciudadanía.

Quien cumpla con la función de jurado de votación durante toda la jornada tiene derecho a un día de descanso compensatorio remunerado, que podrá tomar en los 45 días hábiles siguientes a la fecha de la elección; es decir, podrán hacer efectivo su beneficio hasta el cinco de agosto de 2022.

Dado que el cargo de jurado de votación es de forzosa aceptación, quienes sin justa causa no asistan o abandonen el cargo durante la jornada serán sancionados. Si se trata de un servidor público, será destituido de su cargo.

Pero si el jurado de votación es particular, deberá pagar una multa de hasta diez salarios mínimos legales mensuales vigentes, es decir, de $ 10 millones. Así mismo, a los jurados que no firmen el acta de escrutinio o formulario E-14 se les impondrá una multa equivalente a $ 10 millones.

Para este domingo la Registraduría Nacional designó a más de 690.000 jurados de votación. | Foto: Foto: Tomada de Twitter @cancilleriacol

¿Quiénes están exonerados de las sanciones?

De acuerdo con el Código Electoral, los jurados de votación que no cumplan con esta obligación o sus funciones pueden ser exonerados de las sanciones en casos particulares como:

  • Que el jurado de votación presente una grave enfermedad o su cónyuge, padre, madre o hijo.
  • Muerte de alguna de las personas anteriormente enumeradas, ocurrida el mismo día de las elecciones o dentro de los tres días anteriores a las mismas.
  • No ser residente en el lugar donde fue designado para ser jurado de votación.
  • Ser menor de 18 años.
  • Haberse inscrito y votar en otro municipio.

¿Cómo se puede consultar si ha sido seleccionado como jurado de votación?

La Registraduría habilitó dos opciones para que los colombianos puedan consultar si fueron designados como jurados de votación para las elecciones presidenciales de este domingo, 29 de mayo.

La primera opción es hacer la consulta a través de la página web de la entidad: https://eleccioncolombia.registraduria.gov.co/. Una vez se ingrese, se debe elegir la opción ‘Jurado de votación’ y posteriormente, escribir el número de documento de identidad y dar clic en continuar. Inmediatamente, saldrá un aviso que informará si es o no jurado de votación.

Otra opción que habilitó la Registraduría fue por medio de la aplicación Infovotantes, que se puede descargar, sin ningún costo, en Google Play y App Store. En esta app, los ciudadanos también pueden consultar su lugar de votación y las rutas de acceso al puesto de votación.

Para conocer si fue designado como jurado de votación, el interesado, luego de descargar la app en su celular, deberá aceptar los términos y condiciones allí expuestos y en medio del proceso se solicitará el número de cédula. Además, el ciudadano deberá seleccionar diferentes imágenes para “demostrar que no es un robot”.