La Corte Constitucional dio un nuevo paso en la protección de los derechos de las parejas del mismo sexo al negar un recurso que buscaba tumbar los derechos que les asisten a las parejas del mismo sexo al convivir en unión libre. El alto tribunal señaló a la Procuraduría General de la Nación, que solicitó la nulidad de la norma, que los derechos reconocidos a las parejas del mismo sexo son inmodificables, por haber hecho tránsito a cosa juzgada. El Ministerio Público había actuado contra la acción de tutela 716 de 2011, en la que el alto tribunal dejó claros los derechos pensionales de sobrevivencia a las parejas del mismo sexo. El pronunciamiento agrega que el procurador lo que expresa es su desacuerdo con las reglas que ha fijado para proteger los derechos de estos ciudadanos, mas no argumentos jurídicos y relevantes para analizar la norma. En la decisión, la Corte reiteró que la unión entre dos personas del mismo sexo es una modalidad de familia protegida por principios derivados de la Carta Política. De la misma forma, le advirtió al Congreso que a más tardar el 20 de junio del 2013 debe legislar sobre la protección, social y civil, para este tipo de uniones.