El Tribunal Administrativo de Cundinamarca le otorgó un plazo de diez días a la multinacional Thomas Greg & Sons para que explique los alcances de la demanda presentada en enero pasado contra el Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores por la revocatoria del contrato para la expedición de pasaportes.

Decisión del Tribunal de Cundinamarca sobre demanda de Thomas Greg and Sons. | Foto: Pantallazo.

Esto teniendo en cuenta que justo esta semana la Cancillería tomó la decisión de otorgarle el contrato a la multinacional.

“El despacho sustanciador encuentra que, en la fecha, el Ministerio de Relaciones Exteriores aportó la Resolución n.° 1394 del 26 de febrero de 2024, ‘por medio de la cual se revocan directamente la Resolución 7485 de 2023 que declaró desierta la Licitación Pública No LP-001-2023 y la Resolución 7540 que resolvió un recurso de reposición’”, indica el fallo.

Esto debido a que el entonces secretario general de la Cancillería, José Antonio Salazar, expidió la Resolución 1394, por medio de la cual se revocó la que declaró desierta la licitación pública de los pasaportes, dejando así sin efectos los reclamos de la multinacional.

Debido a esta situación, el Tribunal, con ponencia de la magistrada Bertha Lucy Ceballos, inadmitió la demanda que en ejercicio del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho presentó la Unión Temporal Pasaportes 2023 en contra del Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores y del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Por lo que le dio diez días a la parte demandante para que “subsane y precise los alcances de la acción judicial. Entonces, como las resoluciones cuya nulidad se pretende fueron revocadas directamente por la entidad demandada, es necesario que la parte demandante subsane la demanda y precise las pretensiones y sus fundamentos (numerales 2, 3 y 4 artículo 1623 y artículo 1634 del C.P.A.C.A.) porque el objeto de la controversia inicial se refirió a un acto administrativo cuyo carácter ejecutorio se ha afectado al desaparecer sus fundamentos”.

En otras palabras, al reanudar el proceso licitatorio se perdió el objetivo de la demanda presentada hace dos meses por la multinacional y en la que reclamaba la nulidad del acto administrativo que declaró desierto el proceso de Licitación Pública n.° LP-001-2023 para la adjudicación del contrato convocado por la Cancillería.

El pasado lunes, el presidente Gustavo Petro declaró como insubsistente al secretario general de la Cancillería, José Antonio Salazar Ramírez, horas después de que este firmara el contrato de la licitación de pasaportes con Thomas Greg & Sons.

El Decreto 0228, con fecha de este 26 de febrero de 2024, se firmó pocas horas después de que Salazar Ramírez le diera vía libre al contrato de pasaportes argumentando que ese era el camino para evitar una robusta demanda contra el Estado colombiano.

El reemplazo de Salazar en la Secretaría General de la Cancillería será Paola Andrea Vásquez Restrepo, quien asumirá ese despacho como encargada en funciones. Vásquez Restrepo es cercana a Luis Gilberto Murillo y trabajó con él en la Embajada de Colombia en Estados Unidos, cargo al que retornaría una vez se determine quién será el secretario general en funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores.

El artículo 2 de ese decreto determina “encargar de las funciones de la Secretaría General del Ministerio de Relaciones Exteriores a partir de la fecha a Paola Andrea Vásquez Restrepo, adscrita a la Embajada de Colombia ante el Gobierno de los Estados Unidos de América, sin desvincularse de las funciones propias de su cargo mientras se designa y posesiona el titular”.

El decreto que determinó la salida de José Antonio Salazar de la Secretaría General fue firmado por el viceministro de relaciones exteriores, Francisco Coy.