El congresista liberal Juan Fernando Reyes Kuri, representante a la Cámara por el departamento del Valle del Cauca, se refirió recientemente a la decisión del Comité Científico Interdisciplinario de la IPS Incodol de negar el procedimiento de eutanasia a Martha Liria Sepúlveda luego de concluir que su caso no cumple el criterio de terminalidad.
Reyes Kuri, autor del proyecto de ley que pretende regular la eutanasia en Colombia, rechazó la decisión y aseguró que cada persona debe decidir si quiere vivir con sufrimiento o morir dignamente. “¡Es el colmo que la IPS le haya negado el procedimiento de eutanasia a Martha Sepulveda!”, afirmó el representante.
“El derecho a morir dignamente es una decisión individual, NADIE, mucho menos el Estado, debe intervenir en ella”, agregó Reyes Kuri sobre la decisión del comité de cancelar el procedimiento de eutanasia que había sido programado para el próximo domingo 10 de octubre en la ciudad de Medellín, donde reside la paciente.
Martha Liria Sepúlveda, de 51 años de edad, padece una enfermedad denominada esclerosis lateral amiotrófica (ELA). Se trata de una patología de las neuronas en el cerebro, el tronco cerebral y la médula espinal que controlan el movimiento de los músculos voluntarios, y que afecta a cinco personas de cada 100.000 en el mundo.
En ese sentido, el representante a la Cámara también hizo un llamado al Ministerio de Salud para que lo más pronto posible emita una resolución que reglamente la eutanasia con las condiciones que la Corte Constitucional determinó recientemente para pacientes no terminales, además de insistir en la importancia de que el proyecto de ley avance en el Congreso.
Martha Liria Sepúlveda sería la primera persona en Colombia en acceder al derecho a la muerte digna de acuerdo con la sentencia C-233 que fue expedida por la Corte Constitucional el pasado 23 de julio, que amplió dicho derecho.
“El Ministerio nada que saca la resolución que oficializa la sentencia de la Corte y el Congreso se niega constantemente a sacar una ley que garantice nuestros derechos”, expresó el representante Reyes Kuri.
“Todos debemos tener el derecho a tomar decisiones libres e informadas que solo nos afecten a nosotros”, reiteró el congresista, quien ha defendido en reiteradas ocasiones el derecho de cada persona a definir su proyecto de vida, en el marco de la protección de los derechos de los demás y el ordenamiento jurídico.
Cabe recordar que a finales del pasado mes de julio, la Corte Constitucional de Colombia amplió los requisitos para acceder y practicar la eutanasia en Colombia, único país de Latinoamérica que despenalizó ese procedimiento en 1997.
Seis magistrados votaron a favor y tres en contra de extender el derecho a una muerte digna a quienes padezcan “un intenso sufrimiento físico o psíquico” por causa de una lesión o enfermedad incurable, según la sentencia.
La Corte Constitucional decidió que “no se incurre en el delito de homicidio por piedad” cuando la eutanasia se practica a un paciente que “padezca un intenso sufrimiento físico o psíquico, proveniente de lesión corporal o enfermedad grave e incurable”, mientras el procedimiento sea efectuado por un médico bajo “el consentimiento libre e informado” del enfermo.
“El sujeto puede ejercer su derecho a morir dignamente sin que (...) sea penalizado el médico que acude en apoyo del paciente para protegerlo del sufrimiento y preservar su dignidad”, añadió la sentencia. Por esa razón, los magistrados exhortaron al Congreso para que legisle sobre la eutanasia.
Finalmente, es importante resaltar que el Ministerio de Salud reguló en 2015 la eutanasia para pacientes con enfermedades terminales, que hayan manifestado expresamente su voluntad de someterse al procedimiento y bajo supervisión de un comité médico, pero aún quedan vacíos que impiden el cumplimiento de ese mandato en el país.