La relación entre el petrismo y la alcaldesa Claudia López sigue tirante y amenaza con continuar entre fricciones o, inclusive, volverse un incendio mayor.

Este domingo se conoció la decisión emitida por el juzgado 40 de pequeñas causas de Bogotá, según la cual se resuelve en primera instancia, a favor de Claudia López, una tutela interpuesta por Juan Ángel Galeano Torres, en representación de Colombia Humana.

El abogado invocó el derecho al buen nombre, en este caso, del movimiento político, al igual que los derechos políticos y la libre asociación que están consagrados en la Constitución Política de Colombia, por los hechos ocurridos durante el paro nacional que se vivió en Colombia en el primer semestre de este año.

En la argumentación de la tutela se reclamaron los “señalamientos” que hizo la alcaldesa en contra de Colombia Humana, al expresar a través de los medios de comunicación que ese partido era responsable de “la radicalización que tenían los jóvenes en las protestas”, cuando las jornadas terminaban en actos vandálicos, como sucedió en la localidad de Suba, entre otras.

Tan pronto conoció la decisión del juzgado, la alcaldesa Claudia López arremetió contra el partido de Petro y dijo a través de sus redes sociales: “Es la tercera vez que Colombia Humana pierde en su intento de censurarnos por denunciar su irresponsable política de mentir, radicalizar, dividir, no hacer, ni dejar hacer. En vez de congestionar el sistema judicial para acallar, deberían reflexionar y enmendar”.

“...esta radicalización de jóvenes, promovida abiertamente por senadores como Gustavo Bolívar y otros actores del petrismo, es absolutamente irresponsable y esta directamente relacionada con los hechos de vandalismo en la ciudad”, fue uno de los apartes de las expresiones de López, que el abogado puso en sus argumentaciones.

En el documento firmado por el juez Hernando Soto, conocido por SEMANA, el abogado puso en consideración de la autoridad judicial, el hecho de que la alcaldesa se refiriera al movimiento político, como el que “buscaba utilizar a los jóvenes, para desestabilizar la convivencia, lo cual es inaceptable”.

Entre los antecedentes que puso de presente el demandante por el partido político de Petro, se enfatizó en otras expresiones emitidas por la alcaldesa, como: “uno es la primera línea en el congreso con Gustavo Bolívar y otra, es la primera línea que vemos en las calles, tirando piedras, destruyendo bienes públicos, haciendo actos de vandalismo. Eso es inaceptable. El Petrismo no puede seguir radicalizando jóvenes para mandarlos de carne de cañón a desestabilizar la convivencia en ciudades como Bogotá”.

¿Qué pretende la acción jurídica?

El fallo emitido por el juzgado, sobre el cual hay cabida a la impugnación, tiene la siguiente pretensión: “que al amparo de los derechos fundamentales, invocados y en consecuencia se ordene a la accionada Claudia Nayibe López Hernández, que, de manera inmediata, realice por un medio masivo de comunicación, la declaración de rectificación y/o aclaración”.

El juez expresó en el documento que, de no ser impugnado el fallo, de todas maneras será remitido a la Corte Constitucional para una eventual revisión.

La respuesta de Petro