Hace más de diez años, la Fiscalía mantiene un proceso de extinción de dominio y lavado de activos contra José Ignacio Álvarez Meyendorf y otras 40 personas. El caso prácticamente lo perdió el ente acusador, pero se niegan a devolver más de dos billones de pesos en bienes que fueron incautados. La fiscal Luz Adriana Camargo fue informada, pero la Fiscalía decidió enfrentarse a la justicia.
Se trata del que podría ser el proceso de extinción de dominio más antiguo y uno de los más costosos, sin resolver en la Fiscalía. Aunque la Corte Suprema de Justicia, al contestar una tutela, le ordenó al ente acusador cerrar la investigación, el fiscal a cargo y el propio director de extinción de dominio, decidieron no acatar el fallo de tutela y extender los términos, con una justificación que, para los afectados, fue un acto irregular, ilegal.
Una denuncia, que se convirtió en una investigación formal contra el fiscal del caso y el director de extinción de dominio de la Fiscalía. Según los afectados, para ignorar el fallo de tutela, que ordenaba la devolución de los bienes, el fiscal aseguró que las partes fueron debidamente notificadas, luego se “excusó” por un supuesto “error” cuando la mentira brotó del expediente.
“Presento excusas por esa falla, pero no ha sido con la intención malsana o de otra índole para burlar, como se indica las decisiones de los fallos proferidos por los magistrados de la sala de extinción de dominio”, dijo el fiscal José Uriel Acero, en su momento fiscal del caso, cuando se refirió al “error” que de manera indirecta extendió el plazo para definir el futuro de este añejo proceso.
Lo que parecía evidente: un acto irregular de la Fiscalía para mantener viva una investigación y de paso la extinción de dominio, terminó —según la denuncia— en una maraña que se tejió entre fiscales y magistrados. La tutela era clara y sin rodeos. La Fiscalía no logró, en más de ocho años, avanzar en el proceso y mucho menos “se percibe que haya realizado ingentes esfuerzos en los demás casos a su cargo”, dijo el magistrado de la Corte Suprema, Diego Corredor.
En ese momento, junio de 2021, el magistrado Corredor le dio un plazo de 12 meses al fiscal José Uriel Acero, para adelantar la investigación y resolver el futuro del proceso. Cumplido el plazo, nada pasó, el proceso estaba igual que hace diez años y la orden de la Corte Suprema no se cumplió.
Como los actos, en criterio de los afectados con la extinción de dominio, fueron irregulares, interpusieron un incidente de desacato contra el fiscal y fue allí que se destapó un contubernio de la justicia, para burlar a la justicia. El tapen tapen arrancó en la Fiscalía, de acuerdo con la denuncia, y llegó a la Corte Suprema de Justicia.
En la Fiscalía
Una vez radicado el desacato, la Fiscalía argumentó que hubo algunas notificaciones que no fueron respondidas por las partes. Sin embargo, los afectados lograron demostrar que no era cierto, que el fiscal le mintió a la sala de extinción de dominio del Tribunal de Bogotá. Las pruebas contra el fiscal fueron contundentes, tanto que el mismo funcionario tuvo que salir a reconocerlo, pero nada pasó.
Fue necesario radicar un segundo desacato para obtener otra respuesta de la Fiscalía y que, nuevamente, según los afectados, se llenó de falsedades, de supuestas notificaciones que nunca llegaron o que incluían datos o contactos que no correspondían a quienes estaban exigiendo el desacato.
Finalmente, el Tribunal de Bogotá admitió el desacato, pero la Fiscalía se mantuvo y negó la devolución de los bienes, a pesar de la década que tuvo para investigar. La Corte Suprema le jaló las orejas al ente acusador y le recordó que la cantidad de trabajo o la complejidad de los procesos, no es excusa para mantener una “dilación infundada”.
En la Fiscalía, el director de Extinción de Dominio, José Iván Caro, y la propia directora de finanzas criminales, Aura Lilian Trujillo, tienen conocimiento de este escándalo que está por estallar en sus manos. El primero se incluyó en una investigación por las presuntas irregularidades e incluso apoyó los plazos para que el fiscal del caso tomara la decisión que nunca tomó.
En el Tribunal de Bogotá
La denuncia de los afectados, por los actos, presuntamente irregulares de la Fiscalía, incluyó a los magistrados de la sala de extinción de dominio Tribunal de Bogotá, que decidieron extender los plazos para que el fiscal del caso, después de diez años, se tomara más tiempo para definir qué hacer con este proceso.
Lo curioso de este asunto es que, en sus decisiones, los magistrados dejaron en evidencia que el fiscal pudo incurrir —al parecer— en actos abiertamente ilegales, todo con el ánimo de justificar las demoras en el proceso y negar los destacados anteriores. Así lo dejaron consignado en sus respuestas a la Corte Suprema.
“Más allá de que la Fiscalía pase por encima del orden constitucional, como se refiere, emana razonable por la actitud de quien alega el desacato… Más allá de que el fiscal del caso hubiera cumplido en su integridad o no con la orden fundamental”, dijo el magistrado de la sala de extinción de dominio del Tribunal de Bogotá, un hecho que llamó la atención de los afectados cuando se leyeron con atención las respuestas.
Otro magistrado, en el mismo Tribunal, también reconoció que el fiscal del caso no ha cumplido los fallos de la justicia, por la supuesta complejidad o el volumen de procesos, que no le permitió avanzar en este caso con más de diez años de antigüedad. “No se desconoce que el fiscal 12 de extinción no ha podido acatar las órdenes de los fallos de amparo”, señaló el magistrado mientras admite los “errores” de la Fiscalía en este caso.
En la Corte Suprema
En octubre de 2023, la sala de tutelas número uno, de la Corte Suprema de Justicia, confirmó una “tardanza de la Fiscalía” en el proceso de referencia y dejó en firme la decisión que un año antes le otorgó 12 meses al ente acusador para tomar una determinación en este caso. Pero no hizo referencia a los incidentes de desacato o a las dilaciones.
Dijo la Corte Suprema que el plazo de 12 meses era razonable y en ese tiempo la Fiscalía tendría que definir cuál sería el futuro de este proceso, sin embargo, ese plazo estaba vencido. “Se evidenció la tardanza de la delegada que mediante sentencia le otorga 12 meses para que culminara ese acto”, señalaron los magistrados.
El problema, en criterio de los afectados, es que ni la Fiscalía ni la sala de extinción de dominio del Tribunal de Bogotá, tampoco la Corte Suprema de Justicia, reconocieron el primer fallo de tutela que puso freno al extenso poder del ente acusador para mantener, por décadas, un proceso de extinción de dómino.
Al contrario, y a pesar de que la misma Corte Suprema dice en su decisión que los afectados gozan del “debido proceso”, que puede acudir a las instancias y mecanismos para defender sus derechos, esos afectados advierten un flagrante abuso de poder que arrancó en la Fiscalía, protegió el Tribunal de Bogotá e ignoró la Corte Suprema de Justicia.
Después del primer fallo de la Corte, se han cumplido dos plazos y la Fiscalía sigue en desacato sin que eso signifique algo para la justicia. Mientras tanto, las 40 personas que aparecen en la extinción de dominio siguen esperando que la justicia cumpla con lo que ordena.