¿A qué colombiano no le gustaría ganar al año 359.742.570 pesos por despachar la mayoría de sus funciones dos días a la semana, en jornadas de seis horas, y en ocho de los doce meses del año? Para ganar ese dinero –684 pesos por minuto– no se necesitan títulos ni acreditar experiencia. Basta con ser colombiano de nacimiento y tener mínimo 30 años al momento de su elección.

Se trata de dos cargos que se suponen de bajo perfil, pero son los mejor remunerados del Estado: el de secretario general del Senado y el de secretario general de la Cámara de Representantes, quienes devengan al mismo nivel del presidente de la República, congresistas, magistrados, fiscal, procurador, contralor general o defensor del pueblo.

Cada dos años, cuando según la Constitución quedan vacantes, decenas se inscriben para ocuparlo. Desde 2012, solo Gregorio Eljach Pacheco y Jorge Humberto Mantilla lo han ocupado ininterrumpidamente en Senado y Cámara, respectivamente. Y más allá de la remuneración, el poder que acumulan como ‘notarios del Capitolio’ es tan grande como el del presidente del Congreso de turno.

El secretario da fe de las actuaciones, no solo de las leyes y actos legislativos, sino también de quién asiste y quién no. Determina el orden del día, interpreta el reglamento y guía el curso de los debates. Por eso lo buscan lobbistas, ministros y congresistas interesados en que ponga o quite una palabra, o que les certifique su asistencia. Al comienzo de cada legislatura es quien reparte los carros y las oficinas, y hasta sabe quién necesita a un asesor o quién tiene un familiar buscando trabajo. Su reelección depende de dejar a todos contentos.

Gregorio Eljach, secretario del Senado, y Jorge Humberto Mantilla, secretario de la Cámara: dos de los funcionarios mejor remunerados del Estado.

Aunque la asignación mensual de un congresista –el rango más alto del poder legislativo– es de 23.254.381 pesos, y la de los secretarios generales del Congreso de 16.568.666 pesos, las “primas y bonificaciones” que estos últimos reciben al año suman 90.504.901 pesos, mientras que las de los congresistas son de 34.881.571 pesos.

El decreto 1678 de 2013 definió los ingresos de los congresistas de la siguiente manera: un sueldo básico (5.622.708 pesos), gastos de representación (9.995.919 pesos), prima de localización y vivienda (6.073.910 pesos) y prima de salud (1.561.844 pesos). A eso se suman dos primas anuales: una de servicios por 11.627.190 pesos y otra de Navidad por 23.254.381 pesos.

También por ley, los ingresos de los secretarios de Senado y Cámara están fijados en un salario básico de 10.247.298 pesos, una prima técnica (5.123.649 pesos) y una prima de gestión (1.200.719 pesos). A ello hay que sumar tres primas anuales: una de servicios (7.813.565 pesos), una de Navidad (17.156.663 pesos) y una de vacaciones (8.235.198 pesos); además, tienen otras cinco bonificaciones: por servicios (5.379.832 pesos), por recreación (683.153 pesos), por dirección en junio (20.494.596 pesos) y por dirección en diciembre (30.741.894 pesos).

El salario mensual, las tres primas y las cinco bonificaciones les fueron concedidas a los secretarios generales del Congreso desde el 25 de abril de 2012, fecha en la que Juan Carlos Echeverry, entonces ministro de Hacienda del presidente Juan Manuel Santos, firmó el decreto 0854. Camilo Araque, conocido porque con una demanda logró poner en cintura al Gobierno a la hora de fijar los precios de los combustibles, quiso tumbar ese decreto.

Al hacer las cuentas de los emolumentos que percibían los secretarios de Senado y Cámara al año, el abogado consideró que constituían una asignación pecuniaria “desproporcionada”, que va en detrimento de los principios constitucionales del orden justo, el interés general, la equidad, la igualdad y la sostenibilidad fiscal.

“Estos empleados tan solo laboran, de manera comprobada, por ocho meses al año –del 16 de marzo al 20 de junio y del 20 de julio al 16 de diciembre– y de esos lapsos, solo se hacen presentes en las plenarias respectivas, durante dos días a la semana y durante un poco más de seis horas, que es el tiempo que dura cada sesión”, explicó Araque a SEMANA.

El Consejo de Estado negó la demanda del abogado Camilo Araque, quien asegura que los ingresos de los secretarios van en contra de la sostenibilidad fiscal.

Según la Constitución, entre los 14 deberes de los secretarios están asistir a las sesiones, llevar y firmar actas, dar lectura a los proyectos y proposiciones en plenarias, informar sobre los resultados de las votaciones, elaborar las comunicaciones oficiales, dar recibo de todos los mensajes y documentos dirigidos a la corporación, llevar registro de documentos enviados a las comisiones, coordinar la grabación de las sesiones plenarias y vigilar la seguridad de las cintas magnetofónicas y las actas, dirigir la formación del archivo de cada legislatura, dar publicidad a la Gaceta del Congreso, mantener custodiados los expedientes sobre investigaciones contra altos funcionarios del Gobierno y disponer las instalaciones locativas.

Esta semana, y tras casi diez años, se resolvió el proceso. El Consejo de Estado negó las pretensiones de la demanda de Araque y mantuvo intacto el decreto que fijó el salario, las primas y las bonificaciones de los secretarios del Congreso. Lo particular de la decisión es que los magistrados de la sección segunda no atendieron el concepto de la Procuraduría, que pidió tumbar la prima técnica y las dos bonificaciones por dirección al considerarlas “injustificadas” para estos funcionarios.

En el caso de la prima técnica, porque la ley la destina a servidores “altamente calificados” cuyas funciones requieren “la aplicación de conocimientos técnicos o científicos especializados”. Para el Ministerio Público, esta no se puede reconocer a los secretarios de Senado y Cámara porque sus empleos “no exigen título universitario, ni estudios de posgrado, tampoco experiencia relacionada o altamente calificada, ni conocimientos específicos o avanzados”.

Y las bonificaciones por dirección porque buscan incentivar a los funcionarios que dirigen entidades públicas y trazan políticas. “No tiene sustento que se hubiera previsto a favor de los secretarios generales del Senado y de la Cámara de Representantes, quienes no cumplen funciones de dirección o manejo de políticas (...), ya que su función está orientada a prestar apoyo en las sesiones, informar sobre los resultados de las votaciones, entre otras”, consideró la Procuraduría.

Durante el proceso, Gregorio Eljach intervino para certificar que el secretario general del Senado ejerce un cargo “de dirección, confianza y manejo”, y tiene un tratamiento especial en lo relacionado con la jornada de trabajo, por lo que no se le aplica la jornada máxima ordinaria. “(El secretario) es quien responde por la organización legislativa y no puede ausentarse de la institución mientras que las obligaciones exijan su presencia. Cuando (el Senado) no se encuentre en receso, para el secretario general todos los días son hábiles, es decir, los sábados, domingos y días festivos”.

Congreso de la República. Foto: SEMANA / Guillermo Torres | Foto: GUILLERMO TORRES REINA

Jorge Humberto Mantilla también intervino en calidad de tercero interesado. Pidió negar la demanda porque no cumplía los requisitos mínimos para analizar la presunta desigualdad de los salarios: “No señaló el grupo de empleados que tienen idéntica función y que, por lo tanto, deben tener igual remuneración. Tampoco hizo un análisis de la responsabilidad que implica el ejercicio del cargo y demás funciones que le son inherentes”.

El Consejo de Estado les dio la razón. Consideró que el demandante no presentó pruebas para analizar que el salario de los secretarios fuera desproporcionado, es decir, los certificados de ingresos de altos funcionarios del Estado. Y frente a la prima técnica y la bonificación por dirección que el Ministerio Público pidió tumbar, la sala señaló que la “presunta falta de idoneidad” no impide que el Gobierno determine “una especial remuneración” para quienes desempeñen esos empleos, “atendiendo las especiales funciones que desempeñan y la categoría del cargo”.

Araque cuestiona ese argumento al señalar que los honorarios de los demás altos dignatarios son públicos y están fijados en leyes y decretos que los magistrados conocen de primera mano. “El Consejo de Estado ha mostrado su cercanía con los secretarios del Congreso, prueba de ello es que ternaron a Gregorio Eljach a la Procuraduría y el magistrado Gabriel Valbuena Hernández se declaró impedido por su amistad con Eljach”.

La expedición del decreto con el que el Gobierno Santos quiso beneficiar a los secretarios generales del Congreso coincidió con la aprobación del Marco Jurídico para la Paz en el primer semestre de 2012. Decreto que convirtió dos cargos, de aparente bajo perfil, y que no requieren ni siquiera el título de bachiller, en los mejor remunerados del sector público.