Varias revelaciones hizo la Fiscalía General en la audiencia de imputación de cargos contra Andrés Camilo Sotelo por su presunta participación y responsabilidad en el crimen de Juan Felipe Rincón, hijo del inspector de la Policía Metropolitana de Bogotá, general William Rincón.
El fiscal de la Unidad de Vida le puso de presente al joven de 20 años las declaraciones que existen en su contra y que lo ubican en el lugar donde se presentó, primero una riña, y luego una serie de disparos que acabaron con la vida del hijo del general de la Policía.
Varios de los testigos aseguraron que Sotelo llegó en medio del desorden al lugar con un arma de fuego, la cual apuntó contra la integridad de Juan Felipe Rincón. El informe de necropsia —clave en la investigación— registró varias heridas por arma de fuego en el cuerpo de la víctima que le ocasionaron la muerte.
registró varias heridas por arma de fuego en el cuerpo de la víctima que le ocasionaron la muerte. El informe de necropsia —clave en la investigación— se registró varias heridas por arma de fuego en el cuerpo de la víctima que le ocasionaron la muerte.
En el video de las cámaras de seguridad se observa que en medio de los hechos un patrullero de la Policía, que fungía como escolta del joven, disparó también su arma de dotación con el fin de proteger la vida de Rincón.
“Se documenta un trauma severo por proyectil de arma de fuego que compromete estructuras vitales toráxicas, incluyendo los pulmones y el corazón”, señala el informe que fue puesto de presente en la diligencia.
Los testigos señalaron a Sotelo como el único que portaba un arma de fuego y que la accionó en medio de la riña. “No tiene forma de desvirtuar que es usted una de las personas que dispara, sesgando o terminando con la vida de Juan Felipe Rincón Morales”.
Debido a esto, la Fiscalía General le imputó los delitos de homicidio agravado doloso y porte ilegal de armas de fuego. “En esta audiencia, señor Andrés Camilo Sotelo Torres, usted tiene dos importantes opciones. La primera opción es decir acepto cargos y por alguna razón usted decidiera esa primera opción de aceptar. La consecuencia jurídica de esa aceptación sería que se vería abocado a una sentencia condenatoria, no en este momento por supuesto, sino más adelante en una etapa posterior donde se emitiría un sentido del fallo por condenatorio por aceptación de cargos”.
En su explicación detallada, el fiscal le puso de presente el código de procedimiento penal que establece una condena de entre los 33 y 50 años de prisión por el delito de homicidio. Mientras que por el cargo de porte ilegal de armas existe una pena entre los nueve y doce años de cárcel.
“Hay una excepción y el legislador dice a través de una ley que es la ley de seguridad ciudadana que establece que alguien que ha sido capturado en flagrancia como usted fue, capturado por las razones que ya se analizaron en audiencia anterior tendrá derecho a un descuento punitivo por supuesto en caso de aceptación de cargos, pero por haber sido capturado en flagrancia no tendrá ese descuento tan amplio de hasta la mitad de la pena imponer o al 50 %”, agregó.
Tras la pregunta del juez de control de garantías, el procesado no aceptó los cargos. En una próxima audiencia se solicitará la medida de aseguramiento privativa de la libertad.
Sotelo se tendrá que someter a una cirugía por una herida de bala que presenta en una de sus piernas.