En la noche del 21 de diciembre de 2017, en la finca La Victoria, ubicada en la vereda El Zarzal del municipio de Copacabana (Antioquia), fue sorprendido el ciudadano estadounidense Hanz Pool Rigoberto Buleje en compañía de 15 niñas, cuyas edades oscilaban los 14 y 17 años, con las que sostenía relaciones sexuales.
En el operativo, adelantado por la Policía le encontraron además drogas (7,4 gramos de cocaína, 44,7 gramos de cannabis, drogas sintéticas como Tussi y Popper), alcohol, dinero en efectivo (dos mil dólares y cinco millones de pesos colombianos), cinco tarjetas de crédito y una maleta llena de ropa interior femenina.
Los registros indicaban que no era la primera vez que ocurría algo así. El hombre, había viajado entre los años 2010 y 2017 siete veces a la capital antioqueña con el fin de “organizar y participar en orgías con niñas menores de edad”, las cuales eran contactadas por redes sociales y la organización de un hombre identificado con el alias de Guillo.
“Después de su arresto en Colombia descubrieron registros de vuelos y de inmigración que mostraban numerosos viajes de Bujele entre Chicago, Illinois y Centro y Suramérica, incluyendo Colombia”. Con esta información, una Corte de los Estados Unidos solicitó la extradición de Heinz Pool para que respondiera por cargos de concierto de tráfico sexual de menores.
En contra de Bujele existían las declaraciones de varias menores de edad que aseguraban que les había pagado y entregado regalos a cambio de tener relaciones sexuales. En septiembre de 2017, dos meses antes de su detención, se registró un viaje a Cartagena en compañía de ocho menores de edad que fueron hospedadas en lujosos hoteles de la capital del Bolívar.
Igualmente, se contaba con la declaración de una de las madres de las niñas explotadas sexualmente que aseguró que su hija de 15 años se encontraba “en compañía de otras adolescentes” con un ciudadano extranjero que “había viajado en varias oportunidades a nuestra ciudad Medellín) a sostener relaciones sexuales con menores de 18 años a cambio de dinero”.
Por la gravedad de los hechos, la Corte del Distrito Norte de Illinoins pidió la extradición de Bujele por tres cargos graves. El expediente llegó a la Corte Suprema de Justicia. Sin embargo, en un hecho sin precedentes cercanos, la Sala Penal no aceptó la petición de extradición, puesto que los hechos por los que fue requerido “ocurrieron, en su totalidad, en Colombia, las víctimas son de nacionalidad colombiana y los hechos ya están haciendo objeto de juzgamiento por las autoridades judiciales competentes en este país”.
En este caso específico, el alto tribunal aplicó los “principios de territorialidad, soberanía nacional y aut dedere aut judicare, así como de las prerrogativas consagradas en el protocolo precitado, lo procedente es privilegiar la aplicación de la ley colombiana, con la independencia del trámite de extradición iniciado con posterioridad”.
Debido a esto, Hanz Pool seguirá enfrentando un juicio en Colombia por los delitos de acceso carnal abusivo con menor de catorce años, demanda de explotación sexual comercial de persona menor de 18 años de edad, suministro a menor, tráfico, fabricación o porte de estupefacientes y turismo sexual.
Sin embargo, como lo advierte la Corte, el proceso ha presentado constantes problemas y demoras por las fallas en conseguir un traductor experto que asista al procesado. Igualmente, el alto tribunal le pidió a la Fiscalía General de la Nación que solicite las medidas necesarias que aseguren la competencia del acusado al proceso penal y promueva la asistencia de las víctimas, el restablecimiento del derecho y la reparación integral de los efectos del injusto.