Días después de que la reforma pensional fuera aprobada por la Cámara de Representantes con 88 votos a favor y 20 en contra, para que ahora pase a sanción presidencial, varios expertos juristas en derecho constitucional han advertido que la iniciativa legislativa tiene serias posibilidades de que se caiga al llegar a revisión en la Corte Constitucional.
El mismo alto tribunal que, por errores en el Congreso, le ha tumbado al gobierno de Gustavo Petro varios proyectos como la creación del Ministerio de la Igualdad o la declaración de Emergencia Económica y Social con la que se pretendía atender la grave crisis humanitaria que vive La Guajira por falta de agua, alimentación y otras serias necesidades.
Uno de los juristas consultados por SEMANA fue el abogado Kenneth Burbano, director del Observatorio Constitucional de la Universidad Libre, quien señaló dos serias dificultades que terminarían dejando sin piso jurídico a la reforma pensional de Petro cuando llegue a la Corte Constitucional.
“La rama legislativa en Colombia es bicameral, se compone de Senado y Cámara de Representantes, y la aprobación de las leyes requiere que se cumpla estrictamente con los debates previstos en la Constitución en ambas cámaras. Esto para preservar la adecuada formación de las leyes y garantizar la participación de los representantes de los ciudadanos con asiento en el Congreso”, explicó Burbano a SEMANA.
Y es que los principales obstáculos que varios expertos le han hallado a la reforma es que la proposición no estuvo acompañada de la misma proposición del Senado, situación por la que se habría generado un desconocimiento de los representantes a la Cámara al momento de la deliberación del proyecto.
Para el director del Observatorio Constitucional de la Universidad Libre “hay antecedentes en la jurisprudencia de la Corte Constitucional en los que se indica que no se puede incurrir en elusión del debate y del mecanismo de conciliación, esto es que la Cámara no se puede remitir a lo decidido en el Senado sin el debate respectivo. Esto puede conducir a que se afecte el principio de consecutividad, que en términos sencillos significa que no se cumplió con todas las etapas de trámites y debates dispuestos jurídicamente para la aprobación de las leyes”.
De hecho, algunos congresistas también criticaron que el Gobierno o alguno de los ponentes nunca explicaron que tendría la ponencia que se radicó en la Plenaria de la Cámara con respecto al texto aprobado en Senado.
Otros abogados expertos consultados por SEMANA explicaron que una vez la ley sea sancionada por el presidente Gustavo Petro, puede ser demandada ante la Corte Constitucional, pero sigue vigente y regirá hasta que se declare la inconstitucionalidad. El alto tribunal suspende excepcionalmente leyes cuando son incompatibles con la Constitución o produzcan efectos irremediables.
La abogada constitucionalista y representante a la Cámara Piedad Correal Rubiano, del Partido Nuevo Liberalismo, explicó que la Corte Constitucional “se ha pronunciado que no puede eludirse la deliberación, ni mucho menos omitir el cumplimiento del requisito de publicidad y aprobación en las plenarias de ambas cámaras del Congreso. Adicionalmente, se pretende un nuevo sistema pensional que debió tramitarse como Norma Estatutaria”.
Con estas advertencias hay serios indicios de que la reforma pensional, que se aprobó de manera sorpresiva en el Congreso, pueda terminar cayéndose en su llegada a la Corte Constitucional. Algunos congresistas alertaron que ni siquiera se discutió la proposición y el texto del Senado sobre esa norma.
El representante a la Cámara Juan Carlos Lozada explicó que “yo nunca me imaginé que el Gobierno del Cambio fuera a atropellar la democracia como la han atropellado asumiendo el texto del Senado, invalidando la Cámara, acabando con el bicameralismo. Es realmente muy grave lo que ha sucedido”.