Luego de meses de discusiones y polémicas, la Corte Suprema de Justicia, la Fiscalía y el Gobierno se pusieron de acuerdo en la reforma a la justicia, que será presentada en pocos días al Congreso y que plantea como prioridad la terminación anticipada de los procesos penales, ampliar la implementación del principio de oportunidad y la extinción de la acción penal condicionada a la reparación, incluso en casos de homicidio culposo. Un arsenal de beneficios para quienes infringen la ley con la finalidad de descongestionar las cárceles y los tribunales, pero que ya genera discrepancias.
SEMANA conoció en exclusiva el borrador de la reforma que amplía la aplicación del principio de oportunidad con el argumento de que “el Estado se ahorra ingentes esfuerzos en la investigación y juzgamiento de las conductas cuya comisión es aceptada por los perpetradores”. Esto, en contravía de lo que viene haciendo el Congreso, que se ha calificado como populismo punitivo, y que implica el incremento de las condenas para algunos delitos graves, lo que resulta popular, sin que haya soluciones de fondo.
Sin embargo, entre los beneficios que contienen los 14 artículos ya hay algunos apartes que levantan ampolla. Uno de ellos es la posibilidad de rebaja de pena cuando los delitos son cometidos contra menores de edad. “En caso de celebración de preacuerdos y negociaciones entre la Fiscalía y el imputado o acusado, o de allanamiento a cargos, se concederá la mitad de la rebaja de pena”, modificando la Ley de Infancia y Adolescencia. En síntesis, beneficios para quienes cometan delitos, acepten o reparen a las víctimas, aun si se trata de niños.
El exministro de Justicia Wilson Ruiz manifestó su absoluto rechazo a este artículo. “Es inadmisible e inaceptable que se pretenda una rebaja de pena de hasta la mitad cuando se trate de los delitos de homicidio o lesiones personales bajo modalidad dolosa, delitos contra la libertad, integridad y formación sexuales, o secuestro cometidos contra niños, niñas y adolescentes. No estamos de acuerdo con una norma que busca la impunidad en tan aberrantes delitos en contra de nuestros menores”, afirmó.
Pero este no es el único tema que preocupa y desde ya genera rechazo. Justamente, en lo referente a la reparación integral, se incluye como un delito que puede tener desistimiento de la acción penal el homicidio culposo. Es decir, si alguien causa la muerte de una persona y tiene suficiente dinero para reparar, no pagará cárcel.
Para el abogado penalista Juan Camilo Sanclemente, esto es grave y les pone precio a la vida de las personas. “Entonces alguien que acabe con la vida de otra, simplemente al reparar de forma integral a las víctimas de dicho acto, automáticamente no tendría ninguna pena, eso hay que revisarlo. Distinto es cuando estamos ante una lesión personal, pues ahí no se ha acabado con la vida de nadie”, explicó.
Sobre la denominada reparación integral, el exministro Ruiz plantea dudas, pues afirma que no es clara la delimitación y el estudio de los nuevos delitos que acepten esta figura. “¿Qué se debe entender como reparación integral? ¿Cómo se hace? ¿Cómo resulta exigible?”, son las dudas que, a juicio de Ruiz, no resuelve la reforma y de su respuesta depende que “la figura no nazca fallida, sino que sea plenamente eficiente y efectiva”.
En el artículo 13 se plantea una modificación profunda de las causales para aplicar el principio de oportunidad y hay un tema que abrirá el debate. Tiene que ver con la entrega de información para desarticular bandas criminales. En este caso, el artículo es claro en que aplicará “siempre que no se trate de cabecillas, organizadores, promotores o directores de organizaciones delictivas”.
Al respecto, el abogado Sanclemente afirma que es un artículo que de entrada le quita fuerza a la finalidad de desarticular organizaciones criminales, pues si los beneficios son solo para los eslabones más débiles de las cadenas delincuenciales, solo caerán los jíbaros, cultivadores, transportadores, pero no los cabecillas.
“Cómo le aplicarían el principio de oportunidad si lo máximo que conocería es dónde compró la droga y en dónde la adquirió, nada más. En caso de ser testigo, ¿quién le garantizaría la seguridad?; se estaría enfrentando a una organización criminal que tendría todas las capacidades económicas y estructuras para atentar contra la vida del testigo y sus familiares”, afirmó Sanclemente.
Justicia premial
Julián Quintana, abogado penalista y exdirector del CTI de la Fiscalía, resumió la iniciativa en “un proyecto que tiene como objetivo descongestionar la judicatura, apelando a diferentes figuras que alivianan la pesada carga laboral de fiscales y jueces, bajo el concepto de la justicia premial”.
Sin embargo, advirtió que con el exceso de beneficios penales que puede significar esta justicia premial, de ser aprobada la reforma, será necesario garantizar los derechos de las víctimas. Afirma Quintana que “sin duda, el proyecto demanda que se fijen pautas robustas que no dejen desprotegidas a las víctimas, y se garantice verdad, justicia y una reparación efectiva para no producir fenómenos de impunidad que fomenten la justicia por mano propia”.
La iniciativa reúne los lineamientos que había advertido en reiteradas ocasiones el exministro Néstor Osuna, quien planteaba una justicia menos punitiva, y hasta sostenía la necesidad de implementar una justicia restaurativa que repare a las víctimas, en vez de tener a los presos condenados por delitos menores en las cárceles del país.
El texto salió a pedir de boca y, según la exposición de motivos, “se propone establecer la indemnización integral como factor objetivo de terminación del proceso y como causal de preclusión, (...) tras estimar que la alta incidencia de estas ilicitudes genera congestión en la administración de justicia y en el sistema carcelario”.
Pasaron más de dos años del Gobierno del presidente Gustavo Petro para presentar esta reforma a la justicia que se queda corta, pues no aborda los problemas, vicios y críticas al sistema, como la politización de las altas cortes, la elección amañada de altos funcionarios, la percepción de que la justicia solo aplica para los ciudadanos de ruana, ni el presupuesto de la Rama Judicial.
Desde el Ministerio de Justicia afirman que esta reforma se complementa con otras leyes: “Hay temas de la reforma que incluso ya están andando en el Congreso”. Sin embargo, para Quintana “se debería hacer un esfuerzo para plasmar otros problemas nucleares de la justicia, como el concurso de jueces y fiscales y la profesionalización de investigadores, entre otros temas. El proyecto se puede mejorar”.
Sobre estos asuntos netamente penales, el Gobierno se ampara en las cifras para impulsarlo. Sostienen que en Colombia, en 2022, se reportaron 1.648.871 noticias criminales; en 2023, 1.815.751, lo cual denota, de una parte, el aumento en el número de actuaciones penales y, de otra, la eventual congestión de la Fiscalía y la administración de justicia. El debate llegará al Congreso y en la práctica se enfrentarán dos modelos.
El que considera que es necesario evitar la punitividad, dar beneficios a los criminales para evitar congestión, reparar y hasta desarticular organizaciones criminales. En la otra orilla están quienes consideran que la justicia debe actuar y que están cansados de los beneficios para criminales, que, al final, terminan en reincidencia, como ha pasado con los procesos de paz.