En pocas horas Colombia elegirá y conocerá su próximo presidente, ya sea Rodolfo Hernández por la Liga de Gobernantes Anticorrupción o Gustavo Petro del Pacto Histórico.
Sin embargo, aunque en el artículo 258 de la Constitución Política de Colombia se estipula: “El voto es un derecho y un deber ciudadano. El Estado velará porque se ejerza sin ningún tipo de coacción y en forma secreta por los ciudadanos en cubículos individuales instalados en cada mesa de votación sin perjuicio del uso de medios electrónicos o informáticos”, algunos electores no conocen los beneficios que tienen por salir a votar en esta segunda vuelta presidencial.
Primero, se aconseja consultar el puesto de votación que corresponde. Luego de ejercer el voto, el jurado de votación entregará un certificado el cual brinda los siguientes beneficios siempre y cuando se haga de manera legítima como lo expresa la ley.
Medio día de descanso remunerado
Este beneficio fue establecido en 1997 en la ley 403 artículo 3, con modificaciones al decreto 2559 para ofrecer a los colombianos beneficios por ejercer su derecho al voto.
Entre tanto, para recibir este beneficio, se debe pedir el medio día de descanso los siguientes 30 días posteriores de haber ejercido el derecho al voto. No excluye ningún tipo de contrato, ya sea por prestación de servicios, término indefinido o fijo.
“Tal descanso compensatorio se disfrutará en el mes siguiente al día de la votación”, estipula concretamente la ley 403 de 1997.
Tal y como lo señala, a ninguna persona se le puede negar el derecho a este beneficio ya mencionado, pero si es el caso y se presenta el rechazo a dicha petición, el Ministerio de Trabajo brinda métodos de protección al empleado para recibir asesoría.
Así mismo, los jurados de votación también tienen derecho a un día de descanso remunerado; sin embargo, es importante destacar que igualmente podrá recibir el medio día que tiene como elector.
Descuentos por votar en educación y trámites.
Cabe recordar, que para poder ejercer el voto en Colombia, se debe ser mayor de 18 años y contar con el documento expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil.
De acuerdo con lo anterior, la ley 815 de 2003, estipula que los estudiantes de instituciones educativas de carácter público pueden obtener un 10 % de descuento en su matrícula escolar; sin embargo, añade que las universidades no oficiales también podrán ofrecerles a sus estudiantes un descuento ya sea para posgrados o pregrados.
Así mismo, el Gobierno dará incentivos a las instituciones que lleven a cabo este beneficio, de acuerdo a su oferta académica.
Además, quienes obtengan el certificado pueden ser beneficiados con un descuento del 10 % en la expedición del pasaporte si lo quieren obtener en los siguientes cuatro años. Es importante aclarar que solo se podrá hacer efectivo una sola vez.
No solamente esto, este 10 % de descuento puede ser usado también en trámites como duplicados de la cédula o la expedición de la libreta militar vigente hasta que trascurran las próximas elecciones.
El tarjetón electoral para la segunda vuelta presidencial
“Esta es la tarjeta electoral con la que podrás ejercer tu derecho al voto el próximo domingo 19 de junio, en la segunda vuelta de los comicios presidenciales”, anuncia la Registraduría Nacional.
En esta oportunidad el tarjetón electoral contará con tres casillas:
- En la primera, se observa al candidato Rodolfo Hernández junto a su fórmula presidencial, Marelen Castillo.
- En la segunda casilla, se encuentra la imagen de Gustavo Petro acompañado de Francia Márquez.
- Por último, el voto en blanco que no tendrá ningún efecto en estas elecciones presidenciales.