Eran las 3:42 con 15 segundos, de la tarde del 23 de noviembre de 2019. Dilan Mauricio Cruz sale de la turba de manifestantes que estaba en la esquina nororiental de la carrera Cuarta, y se hace visible sobre la calzada norte de la calle 19 en el centro de Bogotá. Se dirige en dirección oriente a occidente, recoge una granada lacrimógena ubicada cerca al separador de la vía, y la lanza hacia los integrantes del Esmad.

Fotos del informe de Policía Judicial | Foto: Semana

Con esta descripción comienza un revelador informe criminológico forense, con fecha del 7 de abril de este año, realizado por la Policía Judicial (CTI) y conocido en exclusiva por SEMANA. Expone lo que ocurrió esa tarde en medio de las protestas en el centro de Bogotá.

El documento reconstruye el antes, durante y después del momento en el que Cruz cae al suelo, herido, sobre una de las calzadas de la calle 19. La conclusión seguramente levantará ampolla.

Son dos hipótesis arrojadas por la investigación: en la primera, que Manuel Cubillos Rodríguez, capitán del Esmad, dirigió el disparo hacia la turba de manifestantes, no hacia Dilan; en la segunda, disparó la munición tipo bean bag “con el fin de causar o producir dolor y disuadir”, pero no con la intención de ocasionar la muerte del joven.

Caso Dilan Cruz-Foto del informe de Policía Judicial | Foto: Semana

El escrito concluye que “no se observa al uniformado (Cubillos) realizar alineación o seguimiento con su arma de dotación a los movimientos realizados por Dilan Cruz, a fin de sincronizar la velocidad del disparo, con la velocidad con la que se desplazaba el supuesto objetivo”.

Como el día de la protesta, en este caso hay fuego cruzado. Mientras que el informe descarta la responsabilidad del agente del Esmad, la familia de Cruz está decidida a demostrar lo contrario ante los tribunales de la justicia militar, en los que se encuentra el caso. Todo pasó muy rápido. En medio de los ataques de los protestantes y la respuesta del Esmad, el episodio en el que murió Cruz se cuenta en solo 15 vertiginosos segundos, en los que el joven devuelve una granada lacrimógena y es impactado por el proyectil del Esmad.

Así lo narra con precisión el documento: “En consecuencia con lo expuesto, durante los 15 segundos aproximados que duró la dinámica de devolución de granadas por parte de Dilan Cruz, solo en el último segundo de su recorrido, se observa al capitán Cubillos empuñar el arma hacia donde estaba la protesta”.

El informe conocido por SEMANA, de 70 páginas, con fotografías y más de 42 videos de cámaras de seguridad, se divide en dos momentos: en la primera parte, relata que, mientras Dilan recogía una granada lacrimógena, el capitán Cubillos Rodríguez avanzaba por la otra calzada, en actitud alerta, pero deja claro que no se evidencia ningún seguimiento con su arma de los movimientos de la víctima.

Dilan, en su intento por responder a los gases disparados por el Esmad, ingresó, según el escrito, de manera repentina en el ángulo de visión previamente establecido por el tirador, el capitán Manuel Cubillos, se cruza en la línea de tiro, recibe el impacto y cae al suelo. Cruz usaba un guante rojo, conocido como “guante ignífugo”, que le permitía devolver las granadas con su mano sin quemarse.

El documento advierte que corresponde a un elemento comúnmente empleado en diversos países para repeler los ataques. Este guante suele fabricarse en materiales que resisten y aíslan las altas temperaturas, cualidades que quedaron comprobadas con la ausencia de quemaduras en extremidades superiores, según lo notifica la necropsia.

Señala el escrito que los motines, que por esos días ocurrían a diario en Bogotá por la ola de protestas y cacerolazos que nacieron el 21 de noviembre, sumados a las extensas jornadas de trabajo y a los desplazamientos itinerantes por el país causaron en el capitán Cubillos lo que se denomina “visión de túnel”: el desvanecimiento de la visión periférica en la que solo logra ver el objetivo amenazante.

Los antecedentes dicen que el caso puede quedar impune: abogado Dilan Cruz

La conclusión del informe no está exenta de polémica, pues contradice lo planteado en su momento por un documento de Medicina Legal, firmado por su directora, Claudia García, que determinó que la muerte de Dilan fue violenta y se trató de un homicidio. No obstante, este nuevo escrito pondría sobre la mesa que el capitán Cubillos, pese a ser quien apuntó y disparó el proyectil bean bag desde su escopeta calibre 12, no habría incurrido en dolo.

El documento de Medicina Legal de hace dos años sí es concluyente en que la muerte de Dilan ocurrió por el impacto del arma del Esmad, pues indica “que la muerte del joven es secundaria al trauma craneoencefálico penetrante ocasionado por munición de impacto disparado por arma de fuego”.

El golpe le provocó severos e irreversibles daños a nivel del encéfalo. La familia de Dilan Cruz objetó el documento, que fue presentado ante la justicia penal militar. Para ellos no tiene sentido que se niegue que detrás de la muerte del joven no hubo una intención del tirador. Por eso, fue cuestionado jurídicamente por la defensa, pero parece no tener futuro el reparo.

SEMANA tuvo acceso también, en primicia, a la respuesta del capitán John Roa, juez de instrucción militar, quien declaró improcedente la objeción advirtiéndole a la defensa de la familia de Dilan Cruz que las aseveraciones sobre la falta de rigurosidad del escrito “hacen parte de la percepción propia, pasando por alto las demás pruebas en que se basó el examen realizado por los peritos en el informe de investigador de laboratorio”. La polémica está servida.