Para la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá, el entonces fiscal de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), Julián Bermeo, actuó de manera libre y voluntaria cuando exigió 500 mil dólares para entorpecer el trámite de extradición del excomandante guerrillero Seuxis Paucías Hernández Solarte, alias Jesús Santrich. Este era requerido por las autoridades de los Estados Unidos por cargos relacionados con el tráfico de drogas.

Las pruebas documentales presentadas en el juicio revelan que Bermeo tuvo varias reuniones con dos supuestos emisarios de Santrich. Pese a que el objetivo de los encuentros era buscar la forma de frenar el estudio de extradición, sobre la mesa se puso la posibilidad de traficar 120 kilos de cocaína a Europa, más precisamente a Italia.

Las interceptaciones hechas revelaron que Bermeo insistió en este tema. “Se descarta que el informante de la DEA haya actuado como agente provocador, pues —se insiste— no incitó a la comisión de punibles, por el contrario, al procesado se le ve cómodo con la situación y dispuesto a traficar 120 kilos, al parecer de narcótico; de hecho, durante el diálogo insistió en hablar varias veces del tema”.

Incluso, el entonces fiscal de la JEP manifestó que él tenía una discoteca en Roma y contaba con una persona de confianza que podía conseguir los insumos. En ningún momento, el emisario de Santrich —quien en realidad era un agente encubierto de la DEA— ejerció algún tipo de presión para que Bermeo traficara drogas.

“No se observa que la fuente instigue a Bermeo Casas o le proponga de manera novedosa cometer algún injusto, se reitera, se vislumbra, que ambos sostienen una conversación sobre tópicos que previamente han abordado y sobre los que la fuente desea ratificar cierta información”, reseñó el fallo.

El 1 de marzo de 2019, día en el que Bermeo se iba a encontrar con el emisario del excomandante guerrillero en el hotel JW Marriot, ubicado en el norte de Bogotá, se iba a hacer la entrega de los 500 mil dólares en efectivo que había solicitado para retrasar la entrega de documentos clave en el estudio de la extradición por un término de 90 días.

Jesús Santrich y Pablo Catatumbo. Bogotá, mayo 30 de 2019. Foto: León Darío Peláez/Semana | Foto: Leon Dario Pelaez

“Téngase claro que, en ningún momento, el informante instigó a la comisión de delitos que el procesado no tuviese el propósito de cometer. Para mayor claridad de la providencia, a continuación se translitera la conversación sostenida por el encausado y la fuente”, resalta la decisión judicial que rechazó de manera tajante la tesis de la teoría de la defensa de Bermeo, que reclamaba que había sido presionado por el agente encubierto.

“Ciertamente, no se presentó un escenario en el que Carlos Julián Bermeo Casas no estuviese dispuesto a contrariar el ordenamiento jurídico, cuandoquiera que en él ya existía la idea de cometer el delito y ejecutarlo; de hecho, ese mismo día, sin ningún tipo de sugestión o constreñimiento, pactó el envío de narcótico a Europa y recibió dinero en un acto de corrupción, incluso, mostrándose inquieto por la existencia de cámaras de video que registren el deplorable momento”, señala uno de los apartes del fallo.

En el encuentro, que se realizó en el lobby del hotel, Bermeo recibió 40 mil dólares en efectivo que guarda celosamente en su chaqueta mientras seguía hablando. Pocos minutos después se para y se va al baño, “con el objeto de deshacerse del fajo que tenía la absoluta convicción que le entregarían”. En ese momento fue interceptado por agentes del CTI de la Fiscalía y de la DEA.

Por estos hechos de corrupción, que afectaron claramente la imagen de la JEP y de la justicia colombiana, Bermeo fue condenado este viernes 9 de septiembre a ocho años de prisión por su responsabilidad en el delito de concusión (solicitud de sobornos).