Este miércoles, 9 de octubre, reapareció el expresidente Álvaro Uribe Vélez en las audiencias preparatorias de juicio que se adelanta en su contra, por presunta participación en los delitos de fraude procesal, soborno en actuación penal y soborno a testigos.
El exmandatario, quien había tomado la decisión de retirarse en la audiencia celebrada el pasado 2 de octubre, argumentando la vulneración de sus garantías procesales, se hizo nuevamente presente en la audiencia.
En la diligencia de este miércoles, la defensa del exmandatario, liderada por el abogado Jaime Granados Peña, presentará sus observaciones a las pruebas solicitadas por la Fiscalía General y las víctimas.
El penalista anunció que solicitará que se excluya como prueba las interceptaciones de las llamadas telefónicas que sostuvo el exmandatario con el abogado Diego Cadena, quien era su apoderado.
Considera que estas interceptaciones, citadas varias veces por la Fiscalía General, tanto dentro del escrito de acusación como en las recientes audiencias, vulneró el secreto profesional y los derechos fundamentales tanto del expresidente como del jurista.
“Es claro y no genera ningún debate en una jurisdicción democrática la protección a ultranza del derecho a la intimidad, en sus manifestaciones de domicilio y comunicaciones, incluyendo las de telefonía celular”, detalló Granados.
Estas solamente se pueden hacer por “motivos fundados y causa probable”, que debe ordenar un juez con una justificación probatoria. “Con la finalidad de proteger la integridad del sistema de justicia se debe excluir para proteger la integridad del sistema judicial”, agregó.
Por esto, pidió excluir de una vez las interceptaciones telefónicas al señalar que sería “inaceptable” presentarlas en el juicio contra el exmandatario.
El pasado martes 8 de octubre, el delegado de la Procuraduría General también solicitó que se excluyeran estas interceptaciones telefónicas. “Debe haber una claridad sobre si el examen de legalidad de las interceptaciones se centran sobre la supuesta ejecución de un delito, excepción de la regla del secreto profesional, o porque se considera que en cada uno de estos eventos Diego Cadena y Álvaro Uribe Vélez, el togado no actuaba como defensor”, precisó el procurador.
Para el procurador, en la discusión sobre las interceptaciones telefónicas se han presentado varios conceptos por parte de la Corte Suprema de Justicia y el Tribunal Superior de Bogotá. “No hay una tesis consolidada y mucho menos una sola verdad sobre la jurisprudencia aplicada a esta discusión”, sostuvo.
“Sí, es necesario que haga una evaluación de la legalidad de las interceptaciones”, le pidió el procurador a la jueza 44 de conocimiento de Bogotá. Considera que en este caso, Diego Cadena representaba jurídicamente al exmandatario, por lo que se debe respetar los derechos a la intimidad, a la defensa, el secreto profesional y la inviolabilidad de las comunicaciones.
“Es necesario proteger las conversaciones con el abogado, pues son catalogadas íntimas y están relacionadas con el sigilo profesional”, explicó el procurador delegado para que no se evalúe la pertinencia de estas interceptaciones.
“El secreto profesional tiene un vínculo con la defensa”, citó el representante del Ministerio Público.
Por estas razones, pidió que se excluyan las 28 grabaciones de las interceptaciones telefónicas citadas por la Fiscalía entre el abogado Diego Cadena -quien se encuentra en juicio por estos mismos hechos- y el expresidente Álvaro Uribe Vélez.