La Corte Internacional de Justicia (CIJ) informó que el próximo 13 de julio será la fecha para dar el fallo sobre la última demanda pendiente entre el conflicto entre Colombia y Nicaragua por territorio marítimo. Este problema ha estado vigente desde hace una década, pero finalmente tendrá solución.
Para el 2012, Colombia mantuvo su soberanía sobre el archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, junto con 12 millas náuticas alrededor. No obstante, Nicaragua obtuvo 75 mil kilómetros cuadrados de mar. Un año después, el país centroamericano acudió ante la Corte por otro terreno de plataforma continental.
Colombia presentó su posición al respecto, indicando que la Corte Internacional no era el órgano competente para llevar este caso. Sin embargo, en 2016 el tribunal se declaró apto para ese proceso, por lo que inició con los trámites correspondientes.
“El Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia se permite informar que la Corte Internacional de Justicia anunció la fecha de lectura de fallo en el caso relativo a la Cuestión de la delimitación de la plataforma continental entre Nicaragua y Colombia más allá de 200 millas marinas contadas desde la costa nicaragüense”, dio a conocer la Cancillería frente al anuncio de la Corte.
La decisión será leída a las 3:00 p. m. hora local (8:00 a. m. hora de Colombia) en el Palacio de La Paz en La Haya, Países Bajos. La juez Joan E. Donoghue (presidente de la Corte) leerá la decisión final. Nicaragua solicita tener potestad de un suelo marítimo colombiano.
Nicaragua alega tener derecho a una plataforma continental extendida, lo que es igual a tener potestad sobre el lecho y subsuelo marino que se extiende a más de 200 millas marítimas contadas desde la costa nicaragüense. El país centroamericano le solicitó a la Corte realizar una delimitación entre la plataforma continental de ellos con la de Colombia.
En respuesta, el país sudamericano expuso ante el mismo órganos sus respectivos argumentos jurídicos, institucionales, científicos y otros para sustentar que Nicaragua no posee el terreno marítimo solicitado, por lo que no se podría proceder en una delimitación de plataformas continentales como lo solicitó la nación nicaragüense. Los argumentos expuestos por Colombia fueron:
- El régimen jurídico de la plataforma continental más allá de las 200 millas marinas no debe ser considerado como parte del derecho internacional.
- Según el derecho internacional consuetudinario, los derechos de Colombia a una zona económica exclusiva con su correspondiente plataforma continental prevalecen sobre las intenciones expuestas por Nicaragua.
- Del mismo modo, otro argumento es que Nicaragua tampoco estaría respetando el procedimiento convencional ante la Comisión de Límites de la Plataforma Continental ni ha cumplido su carga de la prueba en el proceso.
- Los derechos de terceros Estados se verían directamente afectados por la reclamación nicaragüense en el Caribe Suroccidental.
El pasado 4 de octubre, la Corte consideró que antes de proceder ante cualquier fallo, debía escuchar a ambas partes y tener en cuenta las consideraciones técnicas y científicas expuestas. En ese orden de ideas, para diciembre la Corte informó que Colombia y Nicaragua presentarían sus argumentos y poder darle cierre a un problema vigente desde hace diez años.