Por primera vez, desde que asumieron los nuevos jefes de los órganos de control, la Fiscalía y la Procuraduría quedaron enfrentadas por el curso que lleva una investigación frente a un caso de relevancia nacional. Hace una semana, sin mucho despliegue, el fiscal delegado ante la Corte Suprema de Justicia, Jorge Velásquez Niño, decidió archivar la investigación que se adelantaba contra las exministras Gina Parody y Cecilia Álvarez por los supuestos delitos de interés indebido en la celebración de contratos y celebración de contratos sin el cumplimiento de los requisitos legales. La decisión además de sorpresiva terminó estando en contravía con la que una semana más tarde anunció el procurador Alfonso Cajiao Cabrera de llamarlas a juicio disciplinario por haber incurrido presuntamente en conflicto de intereses. Es claro que las indagaciones que adelanta uno y otro ente de control van por caminos diferentes: una está en el terreno de lo penal y la otra en el de lo disciplinario. Sin embargo, después del mucho despliegue mediático que ha tenido este caso -por involucrar a dos ministras del gobierno Santos denunciadas por el Centro Democrático- la división en las investigaciones de los dos entes de control deja sembrada la inquietud de qué valoraciones estuvieron en juego para tomar la decisión final. Las exfuncionarias fueron cuestionadas por no haberse declarado impedidas para participar en las decisiones que le abrieron el camino a la contratación del otrosí Ocaña - Gamarra y al proyecto para la recuperación del río Magdalena. La separación de sus funciones es reclamada porque la ejecución de estas obras llevaría a que firmas con las que tienen vínculos familiares habrían resultado beneficiadas de los proyectos."Las exfuncionarias presentaron impedimentos para decidir asuntos relacionados con las Sociedades Portuarias de Cartagena y Buenaventura, sin que se pueda decir que supieran que su participación en el Conpes o la aprobación del aumento de las tarifas de los peajes, en este último caso para la doctora Cecilia Álvarez, traería beneficios para la familia Parody", Fiscalía.Sin embargo, decisiones que para la Procuraduría son gravísimas, para la Fiscalía no se configuran en causal de delito. SEMANA conoció los dos documentos resolutivos de ambas entidades, que analizan las acciones de las exfuncionarias enmarcadas en tres momentos claves: la aprobación del Conpes del 2013 que le abrió en camino a la contratación para la recuperación de la navegabilidad del río Magdalena; el Conpes del 2014, que dio vía libre a la contratación del cuestionado otrosí Ocaña-Gamarra y la firma de la resolución para la ampliación de peajes y alza de costos a fin de poder financiar las anteriores obras de adición. Estas fueron las conclusiones de los dos fallos:1. Aprobación del Conpes 3758 del 2013: Trazó un plan para recuperar la navegabilidad del río Magdalena, soportado en plan de intervenciones prioritarias.Procuraduría: La Procuraduría encontró que si bien Cormagdalena otorgó la concesión portuaria a la sociedad Terminal Fluvial Andalucia hasta el 12 de diciembre de 2014, para la fecha de aprobación del Conpes del 6 de agosto de 2013 ya se había aceptado la solicitud de la concesión mediante una resolución del año 2011. Corpocesar había expedido una licencia ambiental en el 2013 y solamente restaba el cumplimiento de algunas obligaciones por parte del solicitante para que se produjera el otorgamiento de la concesión y la celebración del contrato de concesión portuaria.De manera que considera que para agosto del 2013, la exministra Cecilia Álvarez pudo haber estado inmersa en causal de impedimento para votar el Conpes dado que parientes suyos dentro del segundo grado de afinidad tenían interés particular y directo en la decisión del asunto. El Ministerio Público admite que no se observa que las investigadas hubieran querido infringir la norma, sin embargo, asegura que Álvarez no tuvo el cuidado necesario para no incurrir en conflicto de intereses, pues no constató oportunamente y por un medio idóneo si estaba incursa en causal de impedimento.La exministra aparece como accionista de la firma Cartagena II S.A. y fue miembro de la junta directiva de Contecar S.A. También fue integrante suplente de la junta directiva de la Sociedad Portuaria Regional de Cartagena S.A. o Portuaria de Cartagena S.A. Estas tres sociedades son accionistas de la sociedad Terminal Fluvial Andalucía. El Ministerio Público también destacó que Manuel y Luis Carlos Parody, hermanos de la exministra Gina Parody y parientes en segundo grado de Cecilia Álvarez, tienen acciones a través de las empresas EGEO I SAS y EGEO III SAS en la Sociedad Portuaria Regional de Cartagena S.A., y por tanto interés particular en los proyectos. Según el Ministerio Público, pese a que Cecilia Álvarez sostiene que desconocían del interés que podrían tener las sociedades en que les fuera adjudicado una concesión portuaria fluvial en Gamarra, obran en el proceso pruebas que señalan lo contrario. Al respecto advierte el Ministerio Público que si bien la ministra asegura que se retiró de la junta directiva de Cartagena II S.A. por  diferencias frente a la compra de los lotes, el delegado confirma que para ese momento "los principales lotes donde se desarrollarían los planes ya habían sido adquiridos". Aunque es cierto que la decisión de realizar trámites para la adjudicación de la concesión portuaria fluvial se tomó cuando ya no era miembro de la junta directiva, la proximidad de la fecha de retiro de Álvarez con la toma de esta decisión -un mes- llevan a concluir que fue miembro de la junta cuando se estaban adelantando gestiones y estudiando la posibilidad de hacer transacciones."En la evaluación realizada se analizó la existencia de interés directo, particular y concreto en razón de las funciones y la existencia de un interés particular adicional al general que tiene la comunidad beneficiaria de un proyecto", Procuraduría en caso Parody.Fiscalía:Según el ente investigador, la participación de la exministra Cecilia Álvarez en el Conpes no puede interpretarse como intervención en la tramitación, aprobación o celebración de un contrato. Tampoco participó en licitaciones o celebró, como servidora pública, contrato alguno con entidades públicas o con personas privadas que manejaran o administraran recursos públicos. "Su intervención en el Conpes como Ministra de Transporte se circunscribió exclusivamente a aprobar el plan propuesto por el Gobierno para reestablecer la navegabilidad del río", dice la decisión de archivo.La Fiscalía considera que no existen elementos que permitan inferir que las exfuncionarias estuvieran al tanto de los trámites adelantados por Corgmagdalena y Corpocesar, tampoco que el punto de llegada de la vía Ocaña Gamarra quedaba a pocos kilómetros del lugar en el que Cartagena II S.A. planeaba hacer el terminal fluvial Andalucía S.A.Para el ente investigador, tampoco existe evidencia que lleve a inferir que Cecilia Álvarez, mientras fue miembro de la junta directiva de Cartagena II S.A. conoció de un proyecto que tenía dicha sociedad para la construcción de un puerto multipropósito en el municipio de Gamarra: "A su salida de la junta, tal proyecto no se había autorizado al interior de la misma, era solo una expectativa".2. Conpes del 2 de octubre del 2014: El documento tenía por fin darle importancia estratégica al corredor Ocaña-Gamarra y las conexiones de los puertos fluviales.Procuraduría: Aunque Parody no participó de ningún trámite previo a la aprobación del Conpes que le abrió camino a la vía Ocaña-Gamarra -este trámite surtió en el Ministerio de Transporte y no en el Ministerio de Educación que ella lideraba- su firma aparece aprobando el documento en la sesión del 2 de octubre de 2014. La Procuraduría subraya que en las actas de reunión, consta que el director del DNP hizo una detallada presentación indicando que la modificación consistía en declarar de importancia estratégica el corredor víal y las conexiones a puertos fluviales al norte y sur de Gamarra. Aun así, Parody, con voz y voto en el Consejo de Ministros, participó de la votación. Según el Ministerio Público pudo haber estado inmersa en una causal para apartarse teniendo en cuenta que sus hermanos Luis Carlos y Manuel Parody tenía participación en las sociedades que conformaban la sociedad Terminal Fluvial Andalucía. Esta última era solicitante ante Cormagdalena de una concesión para la construcción, administración, operación y explotación en forma temporal y exclusiva de un terminal portuario. Fiscalía: Para el ente investigador, es claro que las ministras no intervinieron en la tramitación, aprobación o celebración del contrato. Su única participación -dice- se da en torno al Conpes visto este como una actuación administrativa aislada del trámite contractual, que se dio en el ámbito de su ejecución.  En el caso de Cecilia Álvarez, el ente investigador manifesta que la exministra Cecilia Álvarez no tenía competencia para tramitar ni el contrato de la Ruta del Sol II ni la adición, por lo tanto no fue ella quien realizó el diligenciamiento ni las gestiones necesarias para expedir las adiciones número 3 y 6, que son tan cuestionadas. Al respecto, precisa que no existe duda de que quien tenía la competencia funcional de "tramitar, celebrar y liquidar" el contrato era el presidente de la Agencia Nacional de Infraestructura Luis Fernando Andrade.3. Resolución para ampliacion de peajes y alza de precios. El documento fue expedido en junio del 2014 como parte del plan de financiación para el otrosí Ocaña-Gamarra.Procuraduría:Según el Ministerio Público, como Ministra de Transporte, Cecilia Álvarez suscribió la Resolución 2127 del 22 de julio de 2014, a través de la cual emitió concepto vinculante para la habilitación de dos estaciones de peaje nuevas y el incremento en los precios en otros cinco ya existentes. Este concepto había sido solicitado por la ANI y tenía como propósito conseguir los recursos necesarios para la financiación de la adición Ocaña - Gamarra. Lo que la Procuraduría cuestiona es que la exfuncionaria le haya dado trámite estando posiblemente inmersa en una causal de impedimento. Esto, en razón a que sus parientes "tenían interés particular y directo en la decisión que se tomó". Para el día en que se firmó la resolución de los peajes, la sociedad Terminal Fluvial Andalucia S.A. ya era solicitante ante Cormagdalena de la concesión para la construcción, administración, operación y explotación en forma temporal y exclusiva de un terminal portuario fluvial de carácter multipropósito, localizado a orillas del Río Magdalena. "Otro beneficio que recibirían los citados parientes de la doctora Cecilia Álvarez - Correa estaría constituido en el aumento en el valor de los predios que fueron propuestos como terrenos adyacentes al proyecto Puerto Fluvial Andalucía", dice la decisión del Ministerio Público.Fiscalía:La tesis de la Fiscalía para no encontrar responsabilidad de la exministra Cecilia Álvarez en este caso es que la expedición de la resolución requería la participación esencial del Ministerio de Transporte, sin embargo, a quien le correspondía tramitarlo era a la Agencia Nacional de Infraestructura. En consecuencia, la exministra no jugó ningún papel en el proceso de contratación del consorcio que ejecutó la obra y que no existe ningún nexo entre las funciones de la exministra que sean determinantes para el trámite contractual."No se puede decir que con su participación en el mismo hubiese intervenido en el trámite, aprobación y menos aún, que hubiese sido partícipe del proceso de contratación, ya sea tramitándolo, controlándolo, asesorándolo y menos aún suscribiéndolo, pues es evidente que nada de esto ocurrió". Para la Fiscalía, con la aprobación que debía hacer la exministra de transporte frente a estas medidas de financiación no se estaba aprobando la "asignación a dedo" del Consorcio CONSOL SAS (integrado por Odebrecht y Episol). "De lo anterior deriva que si el componente para realizar la tramitación, la celebración, la liquidación y eventualmente la adición al contrato era el presidente de la ANI, y que si la actuación de la entonces ministra de Transporte se dio en la fase de ejecución del contrato, resulta imposible que la misma cometiese la conducta investigada, pues jurídicamente no le era posible", dice.