El presidente de la República, Iván Duque, no fue ajeno a la determinación que se conoció hace varios días sobre la suspensión provisional del trámite de extradición del jefe máximo del Clan del Golfo Dairo Antonio Úsuga, alias Otoniel, la cual fue adoptada por el Consejo de Estado.
Desde Barranquilla, el mandatario colombiano indicó que el camino que le corresponde a Otoniel es ser extraditado y pagar por los delitos por los que se les solicita ante las autoridades norteamericanas, las cuales de acuerdo con su prontuario se relacionan con narcotráfico.
“Yo no diría nuevamente frenada, aquí nos ha tocado siempre trabajar intensamente, a ese bandido le corresponde irse extraditado, ahí nos corresponde atender todos estos trámites judiciales, obviamente pues no estaba en el radar de nadie que se fuera a presentar esos recursos, los vamos a responder como siempre ha correspondido”, sostuvo Duque.
“Pero, además, quiero dejar claro que este delincuente que le ha hecho tanto daño a Colombia será extraditado, pero tiene un compromiso de seguir colaborando con las autoridades colombianas y una vez cumpla con sus delitos de narcotráfico vendrá a territorio colombiano a cumplir sus penas por los crímenes que cometió en este país”, agregó.
“Ordenar al señor presidente de la República, doctor Iván Duque Márquez, o a quien corresponda, suspender la ejecución material de la orden de extradición del señor Dairo Antonio Úsuga, alias Otoniel, hasta tanto se emita decisión de fondo en este amparo constitucional, conforme con lo expuesto en la parte motiva de esta providencia”, dice el segundo punto del ‘resuelve’ del Consejo de Estado.
La Sección Segunda del Consejo de Estado admitió una de las pretensiones de la acción de tutela que pidió la protección de los derechos fundamentales de las víctimas en contra de la Presidencia de la República, los ministerios de Relaciones Exteriores y de Justicia y del Derecho, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia y la Fiscalía General de la Nación (Grupo de Extradición Dirección de Asuntos Internacional)”.
En el debate jurídico, la Sala avaló la medida cautelar que pidieron los demandantes, quienes argumentaron que las actuaciones surtidas por la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, el Gobierno nacional y la Fiscalía frente al pedido de extradición de Otoniel, sus derechos fundamentales en su condición de víctimas de las acciones que se le atribuyen al requerido.
Cabe señalar, que el magistrado César Palomino Cortés encontró que ya se han cumplido todos los trámites legales requeridos en materia de extradición y que como solo resta que el traslado al país solicitante se haga efectivo, se considera pertinente emitir esta medida cautelar, mientras se resuelve la demanda de tutela. Esto para evitar que la decisión sobre los derechos fundamentales supuestamente afectados. Debido a esto se ordenó suspender completamente la extradición, “hasta tanto se emita decisión de fondo en este amparo constitucional”.
Esto por considerar que se vulneraron sus derechos a “sancionar, instigar, recurso efectivo, la imposición de penas, verdad justicia y reparación”. La acción judicial fue radicada por Bernardo Vives y Ana del Carmen Martínez, de la Comunidad de Autodeterminación y Vida Digna del Cacarica (Cavida); María Ena Castaño Flórez y Uriel Tuberquia, de la Comunidad de las Camelias; Dagoberto Pretel, del Consejo Comunitario Cabeceras; Guillermo Peña, de la Comunidad de Pichima; Quebrada del Litoral San Juan; Jaime Machete, de Asoaiba; Dobaybi Singigui Bailarín, del Cabildo Mayor de Murindó; Digna Aurora Castaño, de la comunidad de la Larga Tumarado; Carlos Quiro Castaño Sierra, de la Comunidad Jiguamiando; Silvia Berrocal de Compuaz y Manuel Rivas Torres, de la Zona Humanitaria de Camelias.