Ante las nuevas medidas tomadas por el Distrito para frenar el contagio en el tercer pico de la covid-19, la Alcaldía de Bogotá determinó que ‘El Madrugón’ que se realiza en el sector de San Victorino correspondiente al fin de semana del 10 y 11 de abril de 2021 no se realizará, debido a que hace parte de las restricciones de movilidad establecidas.
Tenga en cuenta que ‘El Madrugón’ a realizar este miércoles 7 de abril de 2021 se llevará a cabo con total normalidad y previendo las medidas de bioseguridad que se tienen establecidas.
El secretario jurídico de la Alcaldía de Bogotá, William Mendieta, dijo que la excepción concertada con el gremio de los comerciantes en los horarios establecidos de 1:00 a.m. a 7:00 a.m. se va a mantener. “Hay una excepción que se estableció, hay un acuerdo con los comerciantes de San Victorino frente al horario de trabajo que se va a mantener y se hará con las respectivas medidas”, aseguró.
Es de recordar que el decreto establece que “las grandes superficies, almacenes de cadena y centros comerciales, podrán funcionar en su totalidad, siempre y cuando mínimo el 50 % de sus áreas o de su oferta comercial sea de bienes considerados como esenciales o de primera necesidad, en caso de no cumplir este porcentaje no podrán funcionar durante el periodo de restricción”.
En ese sentido, “se consideran bienes y servicios no esenciales los diferentes a la producción y comercialización de alimentos, bebidas, medicamentos, productos y dispositivos médicos, farmacéuticos, productos de limpieza, desinfección, cuidado y aseo personal y a los establecidos en la Resolución 78 del siete de abril de 2020 expedida por los Ministerios de Salud y Protección Social, Comercio, Industria y Turismo y Agricultura y Desarrollo Rural”.
Por su parte, el domingo 11 de abril no se desarrollará la ciclovía dominical tradicional en la ciudad.
Las personas que deseen salir a hacer actividad física durante el tiempo del confinamiento en Bogotá (desde el sábado 10 de abril hasta el martes 13 de abril), máximo podrán desarrollarla por 1 hora, cumpliendo con todas las medidas de bioseguridad establecidas.
De igual forma, tenga en cuenta que se restringe el expendio y consumo de bebidas embriagantes y alcohólicas en sitios públicos o abiertos al público o cuya actividad privada trascienda a lo público, desde las 00:00 horas del sábado 10 de abril de 2021 hasta las 04:00 horas del martes 13 de abril de 2021.
No obstante, el decreto de la Alcaldía de Bogotá señala que se autoriza la venta de bebidas embriagantes y alcohólicas cuando se realice a través de domicilio.
Recuerde que desde el sábado 10 de abril a las 00:00 horas, hasta el martes 13 de abril de 2021 a las 4:00 a.m. habrá restricción en la circulación de personas y vehículos por las vías y lugares públicos Bogotá.
Asimismo, durante los fines de semana de restricción total de movilidad no se podrá entrar ni salir de la ciudad, salvo por causas demostrables de fuerza mayor.
Además, a partir del martes 6 y hasta el 19 de abril se implementará en Bogotá la medida de pico y cédula.
En los días impares podrán acceder a establecimientos para realizar actividades tales como la adquisición y pago de bienes y servicios, compra de cualquier producto al detal y al por mayor, servicios bancarios, financieros y notariales las personas cuya cédula o documento de identidad termina en dígito par (2, 4, 6, 8, 0). En los días pares podrán acceder a estos servicios y establecimientos las personas cuya cédula o documento de identidad termina en dígito impar (1, 3, 5, 7, 9).
Las medidas anunciadas por la entidad tienen el fin de prevenir la propagación del coronavirus en la ciudad y el próximo 13 de abril un nuevo Comité Epidemiológico con el fin de evaluar el impacto de las medidas adoptadas.