Una menor de edad le dijo a su madre y a una vecina que su progenitor abusaba sexualmente de ella. Al revisar el caso, su hermano, quien también era menor en ese entonces, corroboró el relato de la niña, por lo que se impuso la denuncia y el caso llegó a la Fiscalía.
Dicha institución sometió a la menor, su madre y al hermano a entrevistas con psicólogo clínico, forense y algunos exámenes médicos. Con dicho material probatorio se condenó a Óscar Javier Garzón Cañón, el padre de los menores.
La pena que este debía pagar en un centro carcelario era de más de 25 años. Además, debía responder por los delitos de acceso carnal abusivo, actos sexuales con menor de 14 años y acceso carnal violento. El imputado negó su responsabilidad, pero aún así fue llevado a la cárcel.
Durante el proceso, luego que se dictó la sentencia, los menores cambiaron su versión y se retractaron sobre lo ocurrido.
Ambos confesaron que la historia fue inventada por ellos dos, tres semanas antes de interponer la denuncia, para vengarse del padre porque le estaba siendo infiel a su madre.
Otra de las razones por las que la menor hizo la seria acusación fue porque tenía un novio y su papá le imponía muchas reglas, como horarios de visitas, acompañamiento permanente por un adulto y el cumplimiento de sus deberes escolares, los cuales incumplía.
En su segunda versión, ella señaló que su papá nunca se había sobrepasado con ella. Además, le dijo a la psicóloga que él la bañó hasta las 10 años, pero jamás le faltó al respeto. Para cerrar, la menor decidió contarle a su madre lo sucedido porque ya se sentía mal de verla “sufriendo económicamente (…) porque ella no está ubicada en un buen empleo, y está muy endeudada”, dado que los gastos de la casa los sufragaban ambos padres, por mitad.
El caso llegó a la Corte Suprema de Justicia, que calificó de “deficiente” la investigación que adelantó la Fiscalía, pues “no se entiende cómo ni siquiera se intentó realizar una valoración psicológica a la víctima, a fin de determinar su estado mental, posibles afectaciones por los hechos denunciados, caracteres de su personalidad, etc.”.
Asimismo, a la Corte le resultó inexplicable cómo luego de que los menores se retractaron “no se hubiese agotado el procedimiento debido para incorporar al juicio sus versiones anteriores, a fin de que pudieran ser valoradas por el Juez”.
Tras analizar el caso y hacer un llamado de atención a la Fiscalía por el proceso que llevó a cabo del mismo —luego de las declaraciones de los jóvenes y contrastar los testimonios de ambas partes—, se resolvió que se debía dar la libertad inmediata a Óscar Javier Garzón. Fue la misma Corte quien lo absolvió de todo cargo y ordenó cancelar las órdenes de captura existentes en su contra.