En el sistema de salud colombiano se hizo costumbre que quienes necesitan acceder a un servicio deben poner una acción de tutela para conseguir ser atendidos. Esta situación parece mantenerse en tiempos del coronavirus, pues un hombre accedió a este mecanismo para establecer si sufre o no de la enfermedad. Quien utilizó este derecho constitucional fue un hombre en Neiva, que hace poco viajó a Brasil y dijo sufrir los síntomas pero aún no ha sido sometido a la prueba del coronavirus. Según dio a conocer BLU Radio, la persona llegó al aeropuerto El Dorado, el pasado 17 de marzo y los funcionarios de Migración Colombia le pidieron que tuviera una cuarentena de catorce días.
Durante el aislamiento, el hombre empezó a sentir algunos de los síntomas, como malestar general y fiebre, por lo que contactó a la Secretaria de Salud de Neiva para que conocieran su caso. Tras no recibir una respuesta que le satisficiera, el hombre decidió contactar a un abogado para que instaurara la acción de tutela, que fue contestada el pasado miércoles 25 de marzo, con la orden del juez para que se le hiciera el examen.
Sin embargo, Blu Radio afirma que el hombre aún no ha sido sometido a la prueba. El Ministerio de Salud había dado conocer que van a cambiar la estrategia para detectar casos de covid-19 en el país y para esto adquirieron pruebas rápidas que pueden detectar el virus. "Este es un proceso de fast track con el Invima para que en dos días se pueda tener la aprobación de estas pruebas rápidas. A partir del primero de abril Colombia contará con por lo menos 350 mil pruebas semanales, gracias a la gestión adelantada por el Ministerio de Salud", aseguró el ministro de Salud y Protección Social, Fernando Ruiz Gómez.
A partir de la última evidencia disponible recuerda que estas no son pruebas diagnósticas, sino de detección. Es decir, "permiten la optimización de recursos ayudando a los profesionales de salud en la toma de decisiones en cuanto aislamiento, realización de prueba diagnóstica confirmatoria y tratamiento". Estas son capaces de indicar una posible infección reciente o en curso, pero son mucho más precisas descartando casos negativos. En caso de que la prueba rápida de detección de anticuerpos resulte positiva, se debe realizar la prueba confirmatoria con RT-PCR. Si esta arroja el mismo resultado, se debe dar manejo de acuerdo con los lineamientos, protocolos y guías establecidos por Minsalud. Si la prueba rápida es negativa, aunque no requiera prueba confirmatoria, la persona debe entrar en aislamiento obligatorio por mínimo 15 días bajo vigilancia médica.
Si la exposición es confirmada y hay síntomas, se debe realizar de entrada la prueba diagnóstica con RT-PCR. Todo bajo protocolos establecidos por Minsalud.