Jueces y notarios ya no podrán negarse a celebrar matrimonios entre parejas del mismo sexo. La Corte Constitucional aprobó este jueves la ponencia definitiva del fallo en el cual concluyó que ninguno de los funcionarios competentes para dar fe alrededor de estos vínculos puede negarse a hacerlo por el simple hecho de que los contrayentes sean integrantes de la comunidad LGBTI. Hace ya tres años que en Colombia viene operando un tipo de sociedad conyugal para parejas del mismo sexo que, según la Corte, debe tener idénticos efectos a los del matrimonio. Como ese contrato no tiene ninguna denominación, ni jueces ni notarios tienen certeza de cuáles son los derechos de este tipo de parejas en este frente. En medio de esa discusión, la Corte Constitucional escogió para revisión cuatro acciones de tutela por medio de las cuales se pretendía que la máxima instancia constitucional estableciera si parejas LGBTI podían o no unirse en matrimonio. Hace dos semanas que la alta corporación resolvió esa controversia, la derrotar la ponencia en la cual el magistrado Jorge Ignacio Pretelt concluía que el matrimonio solo está consagrado para parejas conformadas por un hombre y una mujer. Sin embargo, la mayoría de sus compañeros se opusieron. Seis de ellos derrotaron el proyecto de fallo y determinaron que jueces y notarios no pueden negarse a celebrar bodas cuando los contrayentes sean homosexuales, transgeneristas, gais o lesbianas, so pena de violar el derecho a la igualdad de esas parejas, en comparación con las parejas heterosexuales. Ello obligó al cambio de ponente. El caso lo asumió el siguiente en el orden alfabético, el magistrado Alberto Rojas, quien, recogiendo la posición vencedora en la Sala, estableció que a ninguna persona se le podía negar el derecho a unirse en matrimonio en aras del respeto del derecho a la igualdad. Los mismos magistrados que controvirtieron la ponencia de Pretelt se mostraron de acuerdo con la posición asumida por Rojas, lo que significa que, una vez notificada esta sentencia, ningún juez o notario del país podrá negarse a celebrar bodas entre este tipo de parejas.