Un grupo de profesionales de la Defensoría del Pueblo, expertos en derechos humanos y derecho internacional humanitario, se encargará de desarrollar el programa de ‘Formación de formadores’ para fortalecer las habilidades docentes de un grupo de instructores que tendrá a su cargo replicar conceptos y herramientas entre todos los miembros del Escuadrón Móvil Antidisturbios (Esmad).
El ejercicio de formación tiene el objetivo de prevenir posibles vulneraciones a las garantías constitucionales de las personas que participan en manifestaciones, y quienes podrían ser objeto de detenciones ilegales o arbitrarias; tratos crueles, inhumanos y degradantes; ataques contra la libertad de expresión y la prensa; abusos durante los traslados por protección, y discriminaciones.
Carlos Camargo, defensor del Pueblo, señaló que el proceso de capacitación es importante, porque hace parte del cumplimiento de la sentencia STC 7641 proferida por la sala de casación civil de la Corte Suprema de Justicia el pasado 22 de septiembre de 2020.
“Fue en el marco de ese trabajo articulado en pro de la garantía al derecho a la manifestación pacífica que acordamos con las directivas del Esmad, y en virtud de nuestro papel como Institución Nacional de DDHH, contribuir al fortalecimiento del proceso de formación en lo relacionado con el contenido y el alcance del derecho constitucional fundamental a la manifestación pública pacífica”, aseguró.
La Defensoría del Pueblo realizó 26 mesas de trabajo conjuntamente con la Policía Nacional en las que se generaron 30 recomendaciones, entre ellas, la revisión del plan de estudios de las escuelas de formación de la institución, intensidad curricular y metodología.
“Esperamos que el desarrollo de este programa aporte de manea significativa al fortalecimiento de las capacidades de los miembros del Esmad de la Policía Nacional, y que ese fortalecimiento se exprese en un proceso serio de reflexión sobre los métodos de la enseñanza y aplicación de los derechos humanos”, puntualizó Camargo.
La orden de la Corte Suprema
En septiembre de 2020, en medio de la pandemia de covid-19 y días después del asesinato de Javier Ordóñez a manos de miembros de la Policía Nacional, la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia ordenó a las autoridades involucradas en el manejo de las manifestaciones sociales adoptar acciones que garanticen el derecho a la protesta pacífica y no destructiva.
La decisión tuvo que ver con el manejo del Estado a las protestas ocurridas en 2019 y, entre las medidas dispuestas, se dirigió a la Defensoría del Pueblo. Entre otros, ordenó a la Defensoría del Pueblo y al Ministerio Público diseñar planes de fácil acceso acceso para el acompañamiento y asesoría jurídica para las personas que, en actos de protestas resulten o, se hayan visto afectadas en ellas, brindando apoyo en tal sentido para acudir, incluso, a instancias internacionales cuando a ello hubiere lugar.
Asimismo, se le ordenó al defensor del Pueblo realizar un control estricto al actuar del Esmad durante las manifestaciones y de sus acciones en cada uno de sus procedimientos.
Por otra parte, la sentencia señala que el Estado deberá enfatizar en la formación y capacitación inmediata en ética y derechos humanos de todos los miembros del Esmad, guiada por el respeto a la comunidadm para que actúen como agentes de paz, de protección a la ciudadanía y del derecho a la vida.