El Consejo de Estado negó la demanda de pérdida de investidura contra la senadora del Pacto Histórico, Isabel Zuleta, tras manifestar su apoyo financiero a candidatos de su partido en las pasadas elecciones regionales. La Procuraduría ya había rechazado esa petición argumentando que no se reunían los recursos jurídicos necesarios para seguir adelante con la pretensión.
La decisión del alto tribunal confirmó “la sentencia de 22 de marzo de 2024 proferida por la Sala 23 Especial de Decisión de la Sala Plena de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, por medio de la cual se denegó la pérdida de investidura de la senadora Isabel Cristina Zuleta López”.
La Sala Plena de lo Contencioso Administrativo consideró que la demanda de pérdida de investidura contra la congresista del partido de gobierno, no cumplió el estándar probatorio para configurar la causal en la que se sustenta la petición. Como lo exige la ley, este tipo de hecho procesales se deben acreditar.
El documento de 30 páginas explica que “en la sentencia de primera instancia no se le exigió al peticionario la carga de probar el resultado de supuesta “inducción”, ni un estándar probatorio superior al exigido en materia penal; cosa distinta es que no se acreditó dicha conducta de la acusada. Las declaraciones de la senadora demandada no constituyen prueba de confesión ni demuestran que hubiera incurrido en las prohibiciones del artículo 110 constitucional”.
Hay que recordar que la demanda contra Zuleta se dio después de una entrevista que dio en una emisora radial, en la que admitió que hizo aporte de su salario a diferentes candidatos para las elecciones regionales. Para la congresista era su “deber” y “responsabilidad”, ayudar a los candidatos de su partido.
En medio de ese proceso judicial, la Procuraduría rechazó la petición de la demanda explicando que se debía acreditar los hechos contra la senadora del Pacto, pero el accionante solo entregó el video de la entrevista donde la senadora afirmó que utilizó su dinero para financiar campañas de ese partido en las pasadas elecciones de octubre y unos pantallazos.
Para el ente de control, “de conformidad con los documentos aportados, con la normatividad aplicable al caso y con las consideraciones y reflexiones consignadas en precedencia para esta Procuraduría Delegada, no se encuentran reunidos los presupuestos prácticos y jurídicos necesarios para considerar que la senadora Isabel Cristina Zuleta López se encuentre incursa y causal de pérdida de investidura prevista en el artículo 110 de la Constitución Política”.
El Consejo de Estado concluyó que no se logró demostrar que las afirmaciones realizadas por la parlamentaria demandada en los medios de comunicación estuvieran encaminadas o influir en terceros para realizar conductas prohibidas.
“El análisis propuesto en la apelación acerca de si la conducta de la acusada se enmarca o no en las excepciones a la prohibición de financiación de campañas por parte de miembros de las corporaciones públicas de elección popular previstas en el artículo 27 de la Ley 1475 de 2011 es innecesario, porque no se acreditó que la demandada hubiera realizado efectivamente aportes o financiado campañas políticas”, explica el fallo del alto tribunal.
Para la Sala no se logró evidenciar que la congresita Zuleta hubiera inducido a otros a financiar campañas políticas, además de la mencionada entrevista y publicaciones en X (antes Twitter). Tampoco se logró demostrar que la congresista realizó contribuciones a campañas de algún candidato para las elecciones de 2023.