SEMANA tuvo acceso en exclusiva a documentos que comprobarían que las disidencias de las Farc, lideradas por Iván Márquez, habrían financiado actos vandálicos en medio del paro nacional, que ya completó un mes de movilizaciones masivas.
De acuerdo con la información recolectada por inteligencia nacional, desde Venezuela se habría enviado un total de US$160.000 para financiar actos terroristas en contra de edificaciones, la fuerza pública e infraestructura en varias zonas del país, principalmente en Cali.
Rastreos, horas de grabaciones de comunicaciones de la red urbana de las disidencias, archivos de computadores, seguimientos con drones, infiltraciones de agentes encubiertos y reuniones clandestinas en las que se articulan para lanzar los ataques forman parte del grueso expediente con el que se logró la captura del emisario de Iván Márquez, su hombre de confianza, a quien le asignaron la misión de hacer el plan criminal en la capital del Valle del Cauca.
Se trata, presuntamente, de Leonardo Díaz, alias Richard, quien habría sido el encomendado de realizar varias de estas misiones en Colombia.
Las alertas se encendieron al descubrir que este disidente, días antes del 28 de abril (cuando iniciaron las protestas), viajó vía terrestre desde el Valle hasta Arauca para cruzar la frontera hacia el estado de Apure, en donde se habría reunido con la cúpula de esta organización, a la que el Gobierno ha calificado como la “Narcotalia”. Alias Alejandro, otro disidente miembro de la red, también estuvo en Venezuela.
Se reunieron con Iván Márquez para recibir directrices y precisar la manera en que iban a financiar y ejecutar los hechos de vandalismo.
De hecho, se comprometió con la entrega de dinero en efectivo. Las autoridades establecieron que, mediante correos humanos, Márquez proporcionó la plata las últimas semanas, los US$160.000 mencionados anteriormente.
Como ha descubierto SEMANA, la región de Apure se ha convertido en un santuario para la Segunda Marquetalia, que actúa con la complicidad del régimen de Nicolás Maduro.
En ese encuentro, alias Richard no solo recibió las indicaciones para infiltrar la protesta de manera violenta, sino que se convirtió en el emisario de un mensaje que envió la comandancia de la Segunda Marquetalia a sus redes urbanas. La carta, en papel, le fue incautada a Richard el día de su captura, y alienta la violencia en medio de las protestas.
“Camaradas de Cali y demás ciudades donde hoy se pelea por la Nueva Colombia, va un saludo y abrazo de rebeldía de parte de toda la comandancia, y de todos y todas las guerrilleras de las Farc EP Segunda Marquetalia”, dice el documento incautado por las autoridades.
La misiva deja en evidencia la participación de esta organización: “De una u otra forma, la Segunda Marquetalia, como ejército del pueblo, está poniendo su aporte en el avance de estas jornadas tremendas de edificación de la Nueva Colombia (...)”.
Despliegue de las fuerzas armadas
En la noche del viernes, tras el anuncio del despliegue de la fuerza militar en Cali y otras regiones del Valle del Cauca que hizo el presidente, Iván Duque, para enfrentar la situación de orden público que vive el departamento, se conoció el decreto con el que se ordena hacer un despliegue de las fuerzas armadas en otros departamentos y ciudades del país.
En el decreto 575 del 28 de mayo de 2021, el presidente ordena a los gobernadores del Cauca, Valle del Cauca, Nariño, Huila, Norte de Santander, Putumayo, Caquetá y Risaralda y a los alcaldes de Cali, Buenaventura, Pasto, Ipiales, Popayán, Yumbo, Buga, Palmira, Bucaramanga, Pereira, Madrid, Facatativá y Neiva tomar medidas para retomar el orden y evitar que la situación que viven estos territorios siga escalando.
Dentro de las medidas se pide coordinar con las autoridades militares y de policía del departamento la asistencia militar, explicada en el artículo 170 de la Ley 1801 de 2016, de manera que el departamento, el distrito y los municipios, “pongan en ejecución este instrumento legal para afrontar y superar los hechos que dan lugar a la grave alteración de la seguridad y la convivencia, en sus respectivas jurisdicciones”.
Según la norma, este es un instrumento legal que puede aplicarse cuando “hechos de grave alteración de la seguridad y la convivencia lo exijan, o ante riesgo o peligro inminente, o para afrontar emergencia o calamidad pública, a través del cual el presidente de la República, podrá disponer, de forma temporal y excepcional, de la asistencia de la fuerza militar”.