Con el objetivo de recolectar “información detallada” sobre “su pertenencia a las antiguas Farc-EP, las posiciones que ocupó, las funciones que desempeñó y, en general, sobre su trayectoria en esa organización” la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) formalizó este jueves la solicitud de una audiencia presencial con Juvenal Ovidio Ricardo Palmera Pineda, alias Simón Trinidad.

JEP pide audiencia presencial con Simón Trinidad para detallar su rol en las FARC | Foto: Cortesía

En la petición se manifiesta la necesidad de recolectar esta información de fuente directa, es decir, el excomandante de las Farc que estuvo durante años en el Secretariado y fue uno de los hombres más cercanos a Iván Marulanda, alias Tirofijo, y Guillermo León Sáenz Vargas, alias Alfonso Cano.

Igualmente, se busca conocer su versión sobre “hechos” por los que actualmente es procesado en Colombia, entre estos, secuestros, extorsiones, homicidios y masacres; así como acciones ilegales que se adelantaron durante la Zona de Despeje en San Vicente del Caguán a finales de la década de los noventa durante el fallido proceso de paz con el gobierno de Andrés Pastrana (1998-2002).

El pasado 24 de junio, la JEP le otorgó la amnistía por el delito de rebelión al excomandante guerrillero.

Ricardo Palmera, alias Simón Trinidad. | Foto: 2005 AFP

“En este caso, Juvenal Ovidio Ricardo Palmera Pineda, al recibir el beneficio de amnistía, con el objetivo de garantizar la permanencia de dicho tratamiento penal especial, debe someterse a un régimen de condicionalidad ante la JEP que tiene su fundamento normativo superior en la Constitución, a través del Acto Legislativo 01 de 2017, el cual establece que el SIVJRNR busca dar una respuesta integral a las víctimas y, por tanto, los distintos mecanismos y medidas de verdad, justicia, reparación y no repetición no pueden entenderse de manera aislada”, señala la decisión de la Sala de Amnistía.

En el auto se concluyó que en este caso la conducta de rebelión es amnistiable por cumplir con los ámbitos de aplicación de tiempo, al ocurrir antes de la firma del Acuerdo Final de Paz, en septiembre de 2016. Igualmente, se concluyó que debido a su cargo, pertenencia y trayectoria en las Farc, el delito de rebelión para Simón Trinidad es un delito político amnistiable.

Con esta decisión, la Sala resuelve una parte del trámite que inició la justicia ordinaria en contra de Simón Trinidad en un proceso que fue remitido a la JEP por los hechos ocurridos entre el 1.° y el 3 de mayo de 2002 en la conocida masacre de Bojayá, en el departamento del Chocó, en la que murieron 79 personas, entre ellas varios menores de edad.

En el otorgamiento de la amnistía, la Sala ordenó adecuar “al escenario de amnistía” en el conocimiento de este proceso que se adelanta en el Juzgado Segundo Penal del Circuito Adjunto de Descongestión de Quibdó, Chocó, por los delitos de homicidio en persona protegida, lesiones personales en persona protegida, actos de terrorismo, utilización de medios y métodos de guerra ilícitos, destrucción de bienes e instalaciones de carácter sanitario y destrucción o utilización ilícita de bienes culturales y lugares de culto.

Simón Trinidad se encuentra actualmente en la cárcel de máxima seguridad de Florence, en Estados Unidos, cumpliendo una condena de 60 años de prisión por el secuestro de tres contratistas estadounidenses, Thomas Howes, Keith Stansell y Marc Gonsalves, cuyo avión fue derribado por las Farc el 12 de febrero de 2013 en las selvas en el departamento del Guaviare.