La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la Jurisdicción Especial para la Paz negó el sometimiento presentado por el excongresista Miguel Ángel Rangel Sosa; su hermano, el exalcalde del municipio de Pinillos, Lucio Rangel Sosa; y Héctor Rodelo Zayas y Uldarico Toloza Tundeno, quienes buscaban que sus procesos por la llamada parapolítica fueran revisados por ese tribunal especial.

En el debate jurídico la Sala determinó que los cuatro procesados no cumplen con los requisitos exigidos para que su caso sea estudiado, puesto que no han cumplido la mayoría de las condiciones exigidas ni han mostrado una posición para colaborar y aportar a la verdad.

“(...) los interesados en ser comparecientes no solo han sido informados de los estándares de aportes a la verdad que exige la JEP, sino que han tenido varias oportunidades para presentarlos y no han cumplido con las expectativas para acceder a esta Jurisdicción, que es temporal, lo que le impide mantener actuaciones abiertas de manera indefinida, a la espera de que quienes pretenden ingresar revelen una voluntad sincera y proactiva de contribuir con el restablecimiento de los derechos de las víctimas del conflicto armado”, precisa la decisión.

Tras revisar a fondo los documentos enviados, la Sala consideró que no existía ningún aporte relevante para conocer el fenómeno de la parapolítica en Bolívar en la primera década del 2000, entre estos, la conformación de la llamada ‘Comisión Reguladora del Sur de Bolívar’, la cual ―según varias sentencias de la Corte Suprema de Justicia― apoyó la candidatura de Alfonso López Cossio para que lograra una curul en la Cámara de Representantes en el año 2002.

Tanto los hermanos Rangel Sosa, como Rodelo y Toloza fueron condenados por su responsabilidad en un pacto con las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC) que fue liderado en su momento por Carlos Castaño Gil e Iván Roberto Duque, alias Ernesto Báez, para el manejo político y militar de la región.

Sin embargo, al momento de presentar los documentos no se allegó ninguna información relevante que permitiera identificar nuevos patrones sobre la relación entre dirigentes políticos y los paramilitares.

Fue una burla

En el caso del exalcalde del municipio de Pinillos, Lucio Rangel Sosa ―quien fue condenado en el 2010 por el delito de concierto para delinquir agravado―, la Sala consideró que el acta de sometimiento “constituye una burla e irrespeto con las víctimas y la justicia, que no puede tener una respuesta distinta a rechazar su solicitud de sometimiento y excluirlo en forma definitiva de esta justicia”.

En el caso de los particulares Héctor Rodelo y Uldarico Toloza se consideró que no entregaron datos sobre el Movimiento Provincias Unidas de Bolívar y los acuerdos políticos con Ernesto Báez para la Gobernación del Bolívar y el Congreso de la República. “No presentaron propuestas genuinas y auténticas de verdad que contribuyan a la realización de los objetivos de la justicia transicional, pues no aportan información que coadyuve a esclarecer las razones por las cuales los líderes políticos y económicos regionales coadyuvaron a la consolidación de grupos armados ilegales que tanto daño hicieron a la población civil”.

Los datos entregados ya habían sido conocidos durante los juicios en la justicia ordinaria. Igualmente, se quedaron cortos en los compromisos para aportar la verdad y entregar más detalles sobre las actividades que ejecutaron los paramilitares en la región, entre estos el apoyo a Libardo Simancas, quien finalmente fue el candidato a la Gobernación de Bolívar en el 2003 “por imposición de (Salvatore) Mancuso a solicitud de Enilce López, alias La Gata.