La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) les pidió a la Corte Suprema de Justicia, a la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes, a la Fiscalía General de la Nación, a la Procuraduría General de la Nación y a otros entes que adelanten las investigaciones respectivas frente a los señalamientos hechos por el excomandante paramilitar Salvatore Mancuso Gómez.

“Esas compulsas de copias incluirán a cada uno de los individuos mencionados que no hayan sido ni estén siendo investigados actualmente por los hechos relatados por Mancuso”, precisa la decisión emitida este viernes y por medio de la cual se aceptó el sometimiento del excomandante de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC).

En las sesiones públicas de mayo del presente año, así como en otras audiencias, Mancuso mencionó a cerca de 300 personas, entre ellos dirigentes políticos, empresarios y agentes de la Fuerza Pública, que por acción u omisión habrían tenido relación directa con las acciones ejecutadas por los grupos paramilitares.

En la decisión se recordó que la JEP solo tiene competencia para investigar a miembros de la Fuerza Pública, otros agentes del Estado no integrantes de la Fuerza Pública y terceros civiles que hayan sido aceptados en la Jurisdicción que hayan sido mencionados por Mancuso, quienes podrían ser vinculados a los macrocasos por parte de la Sala de Reconocimiento.

JEP define si acepta o no el sometimiento de Salvatore Mancuso. | Foto: Captura de pantalla

En la determinación, la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas ordenó levantar la reserva parcial frente a varios documentos entregados por Mancuso en las sesiones que se adelantaron durante el presente año. Sin embargo, se ordenó mantener la reserva sobre aquellas declaraciones que puedan poner en riesgo la seguridad de Mancuso, de su familia o de su defensa.

El contenido reservado podrá ser conocido exclusivamente por quienes hagan parte del proceso dentro de la JEP, o a partir del traslado de información a la Fiscalía General de la Nación, la Comisión de Acusación de la Cámara de Representantes, la Procuraduría General o las Salas de Instrucción, juzgamiento o casación de la Corte Suprema de Justicia, a quienes por competencia les corresponde iniciar o continuar las investigaciones sobre las personas mencionadas por Mancuso.

JEP define sometimiento de Mancuso. | Foto: Captura de video

En la decisión emitida este viernes, la JEP reconoció que la información entregada por Mancuso en el presente año ha sido novedosa y ha permitido ampliar el contexto de los nexos de agentes del Estado, empresarios, dirigentes políticos, entre otros.

En el análisis de lo dicho, se consideró que Mancuso ha contribuido con el “logro de la paz estable y duradera, así como también reconocer los impactos generados por el pasado traumático que dejó su participación en la guerra y el trasfondo de la criminalidad producto de un acuerdo que se concretó en la acción mancomunada de delitos que han quedado cobijados por un silencio impune”.

En este sentido, la magistrada ponente consideró que Mancuso ha “empezado a romper” el plan de silencio “entregando porciones de verdad que restan por describir desde su rol de ‘bisagra’ con el fin de develar la estructura criminal de la que hizo parte junto a agentes del Estado, donde cumplió funciones de máximo responsable”.