Por orden de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas (UARIV) tiene un año para revisar la inclusión de 2.721 víctimas de secuestro de la guerrilla de las Farc en sus registros oficiales. Entre las víctimas se encuentran, según advierte el tribunal, tanto sobrevivientes como familiares, han participado en el Caso 01 de la Jurisdicción, que investiga estos hechos durante el conflicto armado interno.
La Sala de Reconocimiento recibió miles de solicitudes de víctimas durante este expediente que reclamaron el acceso a las medidas de atención, asistencia y reparación que ofrece la Unidad para las Víctimas en los casos de secuestros ejecutados por este grupo guerrillero.
Igualmente, le ordenó a la Unidad evaluar los procesos para indemnizar a las víctimas de estos secuestros y retenciones ilegales durante el conflicto armado, siguiendo los lineamientos de medidas de reparación integral para las víctimas del conflicto armado que se encuentran en la Ley 1448 de 2011.
Igualmente, se le ordenó a la Unidad revisar los casos de aquellas personas registradas como víctimas indirectas de secuestro, pero que también son víctimas directas de otros crímenes cometidos por la extinta guerrilla durante el cautiverio. Estos crímenes incluyen homicidio, violencia sexual, desplazamiento forzado, esclavitud, desaparición forzada, tortura y tratos crueles e inhumanos.
Por esto, y para realizar el respectivo seguimiento, la Unidad deberá presentar tres informes periódicos y uno final al despacho de la magistrada Lemaitre.
El primero está programado para el 2 de diciembre de 2024, el segundo para el 3 de marzo de 2025 y el tercero para el 2 de junio de 2025. Estos informes no solo deben comunicar los avances alcanzados, sino también identificar lo que hace falta para resolver la situación de las víctimas en el Registro Único de Víctimas (RUV).
Mientras que en el informe final, que deberán entregar el 1 de septiembre de 2025, debe tener información consolidada en carpetas digitales por cada núcleo familiar, en la que se encuentre la documentación de las víctimas y las decisiones tomadas por la entidad.
Asimismo, una matriz con la información consolidada por cada víctima que especifique, de manera resumida, qué se decidió en cada caso y por qué. También debe quedar claro a qué medidas de asistencia, atención y reparación integral han accedido las víctimas.
Estas víctimas están representadas por la Federación Colombiana de Víctimas de las Farc (FEVCOL), Fundación IPS para el Desarrollo Humano Integral del Sur Colombiano (FUNIPSI), Instituto Internacional de Responsabilidad Social y Derechos Humanos (IIRESODH) y el Sistema Autónomo de Asesoría y Defensa (SAAD- Víctimas).
Tanto este despacho como las organizaciones representantes de víctimas deben aportar a la Unidad para las Víctimas toda la información necesaria para que se realice el proceso de inclusión al RUV.
Por su parte, el Ministerio Público, debe garantizar la articulación con la Unidad para las Víctimas para tomar las declaraciones de aquellas víctimas que aún no han presentado su testimonio. Este esfuerzo se debe llevar a cabo con la mayor brevedad posible, con el objetivo de asegurar que todas las voces sean escuchadas y que el proceso avance de manera efectiva.