Hernán Darío Velásquez, alias El Paisa, se convirtió este viernes en el primer jefe guerrillero en perder, temporalmente, los beneficios de sanción propia que contempla la Jurisdicción Especial para la paz. Esto significa que el excomandante de la temida columna Teófilo Forero de las Farc podrá ser enviado a la cárcel y sancionado con penas de prisión que podrán estar entre los 5 y 20 años. "La Sala ha decidido que Velasquez Saldarriaga en este momento no es elegible para la sanción propia", magistrada de la JEP. La decisión de la Sala de Reconocimiento de la JEP deja claro que no hay ninguna prueba de que alias El Paisa haya vuelto a rearmarse, siendo esta la falta más grave que puede cometer un excombatiente en el proceso de paz, y la que significaría la expulsión de la justicia transicional para quedar a manos de la ordiaria. Dado que no hay evidencia de ello, los magistrados procedieron a graduar su decisión suscrita dentro de la jurisdicción de paz. "Las consecuencias más graves se reservan para el incumplimiento más grave, que se desprendería del incumplimiento, especialmente del deber de dejar las armas y de no repetir los hechos victimizantes y no volver a delinquir", indicó la magistrada Catalina Díaz. Los magistrados hicieron una claridad clave: está decisión no tiene carácter permanente ya que dependiendo del comportamiento del Paisa a futuro podría ser modificada. Los magistrados ponderan el papel protagónico del exjefe guerrillero dentro de las Farc y el potencial de información que maneja para la satisfacción de las víctimas. De modo que para acceder a una nueva oportunidad le imponen requisitos: presentarse voluntariamente a la JEP, hacer actos tempranos de reconocimiento de responsabilidad individual en el marco de conductas priorizadas, que haya verdad plena, detallada y exhaustiva y contribuir a la reparación satisfactoria de las víctimas. Lo que perdióEn la lectura de la decisión, los magistrados describieron que cuando El Paisa entró a la justicia especial se le concedieron cuatro beneficios: la libertad condicional, la suspensión de órdenes captura, la amnistía de iure (o sea, el perdón de los delitos políticos) y la posibilidad de acceder a una sanción propia, esto es, una pena de restricción de la libertad que no implica cárcel al final del proceso en la justicia transicional. La JEP aseguró que era una "condición" para mantener el beneficio de la libertad haber contribuido a la verdad, la justicia y la reparación de las víctimas. En consecuencia, declararon la pérdida de este beneficio y por tanto deberá cumplir con una medida privativa de la libertad. Los magistrados le revocaron la suspensión de las órdenes de captura. En cuanto sea detenido, El Paisa deberá quedar a órdenes de la Sala de Reconocimiento de la JEP para que rinda cuentas en el marco del caso 001, sobre secuestro, sin que ello sea un obstáculo para que los requerimientos de la Unidad de Investigación y Análisis de la JEP. La parte resolutiva de la decisión le ordena a la Policía Nacional capturar a Hernán Darío Velasquez Saldarriaga para ser puesto a disposición de la JEP, así como la inscripción de su nombre a la Interpol. También se le revoca la posibilidad de acceder a una sanción propia de la justicia transicional; lo consideran no elegible. Además, le quitan el beneficio de renta básica que se le otorgaba en el marco de la reincoporación. Argumentos de la JEP Los magistrados aseguraron en su decisión que el paradero de Velasquez Saldarriaga se deconoce desde julio del año pasado. A pesar de que fue llamados en tres ocasiones para presentar versión libre dentro del caso abierto por secuestro, desatendió todas las citaciones. El Paisa alcanzó a trabajar por la reintegración de los excombatientes que hacían parte de su grupo guerrillero pero dejó tirado el proceso de reincorporación con los 544 millones de pesos que le desembolsó el Gobierno para montar la granja integral. Ahora bien, en la Carpa Azul (un despacho donde están autoridades de verificación) ubicada en el Espacio Territorial de Capacitación y Reincorporación (ETCR) de Miravalle hay constancias de los temores del excombatiente por los sobrevuelos y la presencia de integrantes del Batallón Diosas del Chairá, que no tiene jurisdicción en la zona. La JEP concluye que ello no es excusa para haber huído y que muestra de ello son los casos de 31 jefes guerrilleros que han afrontado circunstancias parecidas sin dejar de cumplir con las obligaciones. Los magistrados documentaron dos denuncias penales contra El Paisa por amenazas supuestamente cometidas posteriormente a la firma de la paz. La primera involucra a una mujer de Caquetá que cuenta que un hombre, que dijo trabajar para el Paisa, la llamó para intimidarla. Un desmovilizado que participó en el operativo contra Alfonso Cano reporta una segunda supuesta amenaza. Dice temer por su vida aunque tampoco tiene evidencia que lo soporte. Ninguna de las dos tiene suficiente fundamento como para determinar que haya vuelto a delinquir.